(Pablo Roma, Gremiales) – En un fallo histórico, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha declarado la invalidez constitucional de la reforma laboral propuesta por el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica. La decisión, que ha dado lugar al amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), marca un hito en el debate sobre las medidas impulsadas por el Ejecutivo.
La resolución judicial, emitida tras un profundo análisis de los argumentos presentados por ambas partes, rechaza la apelación presentada por el Gobierno, respaldando así la postura de la CGT. Los jueces a cargo del caso, Manuel P. Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, fundamentaron su dictamen en la permanencia y estructuralidad de las modificaciones propuestas, argumentando que estas no responden a una situación excepcional sino que alteran normas permanentes del Congreso Nacional.
En su extenso fallo, los magistrados destacaron la vulnerabilidad de los trabajadores en relación de dependencia, subrayando que los cambios introducidos en el Título IV del decreto en cuestión deben someterse a un debate específico y a una decisión por parte del Poder Legislativo. Además, desestimaron la posibilidad de que el Decreto de Necesidad y Urgencia se utilice para introducir modificaciones permanentes o derogaciones de leyes del Congreso, a menos que exista una clara emergencia, la cual no se evidenció en el DNU analizado.
El fallo también hace referencia a la controvertida “ley ómnibus” y destaca que el intendente de Pehuajó ha anunciado su intención de declarar “persona no grata” a los diputados que respalden dicha ley y el DNU en cuestión.
La sentencia concluye con la declaración de la invalidez constitucional del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU 70/2024, argumentando que va en contra del artículo 99, inciso 3°, de la Constitución Nacional. Además, se ordena la inscripción de la acción en el Registro Público de Procesos Colectivos y se impone al Estado Nacional las costas de ambas instancias. Asimismo, se regulan los honorarios de las representaciones letradas de ambas partes de acuerdo con la ley correspondiente.
Este fallo no solo representa un triunfo para la CGT, sino que también plantea preguntas cruciales sobre el alcance y los límites del uso de decretos de necesidad y urgencia en la legislación laboral, marcando un precedente significativo en el sistema judicial argentino.