Esta semana, en el marco de la decimonovena sesión ordinaria del Concejo Deliberante, fue aprobada una normativa para la incorporación al esquema de Ferias y Mercados Populares, establecido por la Ordenanza Nº6.391, de un cupo mínimo de cuatro lugares para que puedan ser cubiertos por personas con discapacidad o instituciones.
La Secretaría de Desarrollo Económico será la autoridad encargada de determinar requisitos necesarios para la inscripción y coordinar la incorporación paulatina y ordenada de quienes quieran sumarse para ofrecer sus productos.
Hay que tener en cuenta que según datos publicados por el Instituto de Estadísticas y Censos, en Argentina el 80% de las personas con discapacidad no consigue un trabajo formal ni se les facilita las oportunidades de emprender por cuenta propia.
En el articulado de la citada norma, se especifica: “Invítese a todas las personas con discapacidad e instituciones que trabajen con personas con discapacidad en edad laboral, para que puedan incorporarse al esquema de las Ferias y Mercados Populares establecido por ordenanza 6391/16 y ofrecer les productos que elaboren, produzcan o fabriquen.
Además se deberá crear, en el ámbito de la Coordinación Ejecutiva de Discapacidad e Inclusión Social de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, el Registro de instituciones y personas con discapacidad que estén interesados en ofrecer sus productos en las Ferias o Mercados Populares y, disponer en coordinación con la Secretaria de Desarrollo Económico su incorporación en los distintos días en que funcionan esas ferias.
En los considerandos del expediente quedó explicitado que “resulta imperioso implementar distintas acciones destinadas a la inserción de personas con discapacidad en emprendimientos independientes, considerando esencialmente las graves dificultades que enfrentan al momento de conseguir un puesto de trabajo estable y de calidad, que les otorgue la oportunidad de mejorar su calidad de vida”.