El máximo tribunal afirmó que la vicepresidenta incurrió en “ardides y artimañas” para quedarse con un lugar que no le correspondía en el órgano que controla y remueve a los jueces. Constitucionalistas analizaron la sentencia: ¿qué pasa si la vicepresidenta no la acata?
Artificio. Artimaña. Ardid. Maniobra. Juego de sorpresas. Buena fe violentada.
Esas fueron solo algunas de las palabras que la Corte Suprema de Justicia incluyó en el contundente e inusual fallo que emitió contra la vicepresidenta Cristina Kirchner por haber ocupado con el senador Martín Doñate un lugar que no le correspondía en el Consejo de la Magistratura, el órgano constitucional que tiene la facultad de nombrar, sancionar y desplazar a los jueces.
La decisión que firmaron el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, y los jueces supremos Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, generó un fuerte impacto político: la oposición celebró que se le restituyera la posición arrebatada de manera irregular a Luis Juez, mientras que en el Frente de Todos anticiparon su rechazo, sugirieron que desobedecerán la sentencia y hasta mencionaron la intención de iniciarles un juicio político para el que no cuentan con la mayoría especial requerida.
Constitucionalistas y juristas de primera línea como Félix Lonigro, Pablo Lanusse, Alejandro Gil Domínguez, Daniel Sabsay y Diego Armesto se refirieron a la contundente sentencia, que expuso de manera detallada -con fechas y procesos- cómo se instrumentó la última operación kirchnerista para evitar perder el control del Consejo de la Magistratura, un organismo central del sistema judicial.
En varios tramos de la sentencia, los jueces ponen en cabeza de Cristina Kirchner la responsabilidad del plan para tomar el control de esa posición crítica para los intereses de la vicepresidenta, que enfrenta juicios por corrupción en marcha -como Vialidad- o en revisión, como Hotesur-Los Sauces, dólar futuro o el Pacto con Irán.
Los ministros del máximo tribunal se pronunciaron ante una presentación de los senadores Juez y Humberto Schiavoni, quienes denunciaron la maniobra que hizo el Frente de Todos de dividirse de manera artificial con el único objetivo de apropiarse del lugar que le correspondía en el Consejo de la Magistratura a la segunda minoría, que era del PRO. Según el fallo de la Corte, Cristina Kirchner decidió nombrar de modo irregular a Doñate.
“La realización de acciones que, con apariencia de legalidad, procuran la instrumentación de un artificio o artimaña para simular un hecho falso o disimular uno verdadero con ánimo de obtener un rédito o beneficio ilegítimo, recibe un enfático reproche en múltiples normas del ordenamiento jurídico argentino. Tal reproche se acentúa cuando el ardid o la manipulación procura lesionar la exigencia de representación política (en este caso, con relación a las minorías), aspecto de suma trascendencia para la forma de gobierno representativa adoptada por el texto constitucional argentino y, en definitiva, su ideario democrático”, advirtieron los tres jueces en uno de los párrafos más demoledores de toda la sentencia.
Según los jueces, “la Presidencia del Senado designó al representante de dicha cámara a propuesta de un bloque que se constituyó ficticiamente como segunda minoría, desplazando de modo ilegítimo al bloque que reúne esta condición (el ‘Frente PRO’)”.
De todos modos, el fallo de ahora del máximo tribunal tiene un antecedente que se remonta a fines del 2021, cuando declaró inconstitucional la conformación del Consejo de la Magistratura que estuvo vigente durante cerca de 15 años y ordenó volver a la estructura original de 20 miembros, entre los cuales está el titular de la Corte Suprema. Ese fallo, resistido por el kirchnerismo, implicó sumar siete posiciones a las 13 que tenía el “viejo” consejo. De ahí que debía incorporarse a Luis Juez y a la diputada Roxana Reyes, ambos opositores.
Ricardo Lorenzetti, el cuarto juez de la Corte, no estaba habilitado para participar de esta decisión ya que en la causa “Colegio de Abogados de Buenos Aires”, no compartió el criterio de la mayoría en cuanto a que la ley 24.937 recobraba su vigencia luego de haber sido derogada hacía más de 16 años.
En su disidencia parcial, exhortó al Congreso de la Nación para que un plazo razonable dictara una ley que organizara el Consejo de la Magistratura y dispuso que, en ese lapso y con carácter excepcional, el funcionamiento de dicho órgano se regiría por las previsiones de la ley 26.080. Señaló que la modificación de la composición del Consejo por una decisión judicial no podía contemplar la infinidad de situaciones que se podían producir durante ese cambio, que podía provocar demoras, incertidumbres y nulidades que lleven a la paralización de su actividad y, consecuentemente, la del Poder Judicial.
Fallo inédito
El constitucionalista Félix Lonigro, en diálogo con Infobae, destacó que el fallo la Corte estableció de manera precisa que el Senado, para designar al representante de la segunda minoría para integrar el Consejo, debía tener en cuenta la composición de los bloques al momento en el que se notificó la sentencia de diciembre de 2021, cuando declaró la inconstitucionalidad de la composición del Consejo anterior de trece miembros, y mediante la que se dispuso que vuelva a tener veinte.
“Lo que dice la Corte es que la división del bloque del Frente de Todos fue de mala fe y que tuvo por objetivo únicamente violentar la composición del Consejo”, explicó Lonigro y agregó que el kirchnerismo dice que se anuló la división del bloque que hizo Cristina en el Senado, pero “es falso, porque lo que anuló no fue la designación que hizo el Senado del senador por la segunda minoría, no se inmiscuyo en la potestad de organizar bloques, sino en el proceso que siguió el Senado para designar a uno de sus representantes en un órgano que no es del Congreso, sino del Poder Judicial”.
Además, resaltó que la Corte no ordenó notificar la sentencia al Senado, sino que ordenó al Consejo de la Magistratura que cumpla con dicha sentencia. Por lo tanto, “el Consejo deberá notificar al Senado que se ha anulado la designación de Doñate, y que debe elegir a otro representante que pertenezca a la segunda minoría al momento de dictarse la sentencia mediante la que se declaró la inconstitucionalidad de la anterior composición del Consejo”.
“Si Cristina Kirchner no obedeciera la sentencia, no solo incurriría en mal desempeño, que la haría merecedora de un juicio político, sino que además cometería el delito de desobediencia, establecido en el artículo 239 del Código Penal”, consignó.
Otra voz relevante sobre el tema fue la del constitucionalista Daniel Sabsay: “La Corte Suprema desbarató la burda maniobra que perpetrara Cristina, al desdoblar el bloque del Frente de Todos e impedir que Luis Juez asumiera el cargo en el Consejo de la Magistratura. Además, impuso las costas a la vencida. Es otro fallo que como muchos otros restaura las instituciones y la igualdad”.
Un abogado de enorme prestigio consultado por Infobae admitió que la situación jurídica es “compleja” ya que el Frente de Todos puede alegar para no cumplir el fallo en que la ley vigente estableció que el presidente del Senado “designará” a los representantes en la Magistratura y que esa palabra la habilitaría a Cristina Kirchner a no cumplir la orden de la Corte.
Sin embargo, resaltó que como última intérprete de las leyes, la Corte definió que “se ‘debió’ designar a Luis Juez y que no es admisible el abuso de facultades por parte de un Poder”. “Además, anuló la designación de Doñate”, expresó el jurista de renombre que opinó sobre el fallo. “Hay constitucionalistas que consideran que Juez puede presentarse y jurar, porque si no el fallo de la Corte carecería de imperium, pero es un paso que todavía no dieron”.