Con la llegada de las celebraciones por Año Nuevo, el Municipio de Ituzaingó recuerda a la comunidad la plena vigencia de la Ordenanza Municipal 033-2019, que declara a la localidad como “Territorio Libre de Pirotecnia” desde el 1 de diciembre de 2019.
La normativa busca proteger la salud pública, el bienestar animal, personas con sensibilidad auditiva y el medio ambiente, al prohibir elementos que generan explosiones, combustiones o ruidos fuertes.
¿Qué se considera pirotecnia según la ordenanza?
Se incluye todo artefacto que produzca explosión, combustión o ruido fuerte, tales como:
• Cohetes
• Petardos
• Bombas de estruendo
• Bengalas
• Artefactos similares
Prohibiciones principales
La ordenanza veta expresamente:
• El uso, venta o clasificación de pirotecnia en la vía pública o de forma ambulante.
• La comercialización, tenencia o uso de globos aerostáticos y dispositivos similares, por su alto riesgo de incendio.

Sanciones por incumplimiento
Las infracciones conllevan medidas estrictas:
• Decomiso y destrucción de la pirotecnia incautada.
• Multa económica equivalente a 150 litros de nafta súper (valor actualizado según el precio de referencia).
• Si participan menores de edad, la sanción recae directamente sobre los padres, tutores o responsables legales.
Las autoridades han intensificado la ordenanza en comercios y espacios públicos. El objetivo es apelar a la responsabilidad de los ituzaingüeños y turistas para disfrutar de unas fiestas inclusivas y seguras, sin estruendos que afecten a niños, adultos mayores, personas con trastorno del espectro autista (TEA) o animales.
Esta política se alinea con una tendencia creciente en todo país, donde cada vez más municipios adoptan restricciones similares para reducir accidentes, contaminación sonora y estrés en la población vulnerable.