Bernardino Antonio Benítez es el principal imputado en el caso de la desaparición del niño correntino Loan Peña. La información de último momento indica que se declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa contra la negativa a concederle la prisión domiciliaria
Por mayoría, los jueces consideraron que el recurso no cumplía con los requisitos para habilitar la instancia ante la Cámara Federal de Casación Penal.
La resolución que negó la prisión domiciliaria no es una sentencia definitiva ni equiparable a tal, por lo que no encuadra dentro de los supuestos del artículo 457 del CPPN.
No se configuró una cuestión federal suficiente que justificara la intervención del máximo tribunal penal. La defensa, según el voto mayoritario, reedita argumentos ya tratados, sin demostrar arbitrariedad concreta ni agravio federal debidamente fundado.
En consecuencia, el recurso fue declarado inadmisible y Benítez continuará detenido bajo el régimen actual.
La defensa pública había argumentado que: la negativa a la domiciliaria afectaba el interés superior de los hijos menores del imputado.
El tribunal confundió la prisión domiciliaria como modalidad de ejecución de pena (art. 10 CP y ley 24.660) con el arresto domiciliario como medida de coerción procesal. Se valoró de manera excesiva la gravedad del hecho y la pena en expectativa.
No existirían riesgos procesales actuales que justificaran mantener la prisión preventiva en establecimiento carcelario. Se invirtió la carga de la prueba respecto del peligro de fuga y entorpecimiento.
También cuestionó que se haya priorizado la protección del menor víctima por sobre la situación familiar del imputado, planteando una supuesta “colisión de intereses”.
El voto en disidencia
El juez Simón Pedro Bracco votó en minoría y consideró que el recurso sí debía concederse por tratarse de una decisión equiparable a definitiva, ya que la continuidad de la detención podría generar un perjuicio de imposible reparación ulterior.

Sin embargo, la mayoría se impuso y la decisión quedó firme en esta instancia.
Este fallo confirma una línea restrictiva en materia de excarcelaciones o morigeraciones cuando se trata de causas de extrema gravedad y con fuerte impacto social.
El foco está en,.preservación del proceso, eventual riesgo de entorpecimiento, especial sensibilidad del caso, dada la desaparición del menor.
En términos prácticos, el mensaje es claro: mientras subsistan riesgos procesales y el proceso no esté completamente agotado, la domiciliaria no aparece como opción viable.
El expediente continúa su curso hacia el debate oral, en una causa que mantiene en vilo a la provincia y que ha marcado un antes y un después en la discusión sobre medidas de coerción en casos de alto impacto.