Este lunes 28 de septiembre se conmemora el Día del Empleado de Comercio, cuya fecha original es el 26. En Corrientes, numerosos locales se sumaron a la jornada de descanso, aunque el cierre no fue uniforme: algunos comercios atendieron con normalidad.
Según un relevamiento realizado entre comerciantes del centro capitalino, no abrieron supermercados, mayoristas y negocios de distintos rubros, como indumentaria, deportes y electrónica. Algunos polirrubros y supermercados de origen oriental, en cambio, tenían previsto trabajar con sus empleados.
La jornada generó distintas posiciones entre el Sindicato de Empleados de Comercio y la Asociación de la Producción, Industria y Comercio de Corrientes (APICC). El gremio impulsó el cumplimiento del descanso remunerado, mientras que la entidad empresaria aclaró que la ley no obliga a cerrar los establecimientos.
Qué establece la normativa
La fecha está contemplada en la Ley 26.541 y alcanza a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. La norma asimila la jornada a un feriado nacional para los empleados de comercio.
De acuerdo con la interpretación difundida por APICC, los locales pueden abrir si son atendidos por sus propietarios o por trabajadores que acepten prestar servicios. Quienes no concurran tienen derecho a percibir su remuneración habitual, sin descuentos ni pérdida del presentismo.
En caso de trabajar, corresponde el pago con un recargo del 100%. La entidad también indicó que la jornada no reemplaza el descanso semanal habitual.
El Sindicato de Empleados de Comercio había realizado una campaña para informar sobre el derecho al descanso y colocó carteles en locales de la peatonal Junín y calles cercanas.
El Día del Empleado de Comercio se estableció en 2009 y recuerda la promulgación de la Ley 11.729, sancionada en 1934, que incorporó derechos laborales para la actividad mercantil.