Reiteran la prohibición de alojar personas privadas de libertad en lugares no habilitados

El objetivo es no empeorar injustificadamente las condiciones de detención a presos o detenidos, ya que si esto sucede será responsable quien la ordene, autorice, aplique o consienta, tal cual reza el artículo 15° del Código Procesal Penal.

Por ello quien disponga la detención debe averiguar las condiciones carcelarias en el caso concreto cuando la decisión importe el alojamiento, traslado, prolongación, internación o mantenimiento de una situación de privación de la libertad ambulatoria de una o más personas humanas.

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