La Asociación que preside el Chiqui Tapia recibió el apoyo del máximo ente del fútbol mundial y de la Conmebol en su lucha con el presidente Javier Milei.
La AFA sigue dando pelea en la batalla contra las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). En este caso, la Asociación que preside Claudio ‘Chiqui’ Tapia publicó un comunicado en el que da a conocer las resoluciones de la FIFA y la Conmebol sobre la decisión del Gobierno de Javier Milei de imponer la aceptación de las Sociedades Anónimas en el fútbol argentino.
El escrito se titula “Nuestras selecciones y un serio peligro a la vista” y asegura que la federación argentina podría sufrir la desafiliación de la FIFA en caso de que el Poder Ejecutivo intervenga en la política interna del organismo para modificar el estatuto.
“La Asociación del Fútbol Argentino comunica que ante el dictado por parte del poder ejecutivo de los DNU 70/23 (reglamentado luego por el Decreto 730/24), por medio de los cuales se pretende obligar a esta Casa a cambiar su estatuto a fin de permitir el ingreso de sociedades anónimas como miembros de la misma, la Gerencia de Legales a cargo del Dr. Andrés Paton Urich elevó a principio del mes de agosto una consulta jurídica a FIFA y CONMEBOL a fin de establecer si dicha norma no resultaba violatoria de sus estatutos en relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos internos sin la injerencia de terceros”, comienza el comunicado.
Luego, se detalla la respuesta de ambos entes. “En atención a lo considerado en los apartados cuarto y quinto, entendemos que las federaciones miembros de la FIFA – y en este caso la AFA – deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales”, informaron desde la FIFA y agregaron: “La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma”.
El caso de Brasil y la advertencia de la FIFA a la intervención del estado
El 26 de diciembre del año pasado, el Gobierno brasileño destituyó de su cargo a Ednaldo Rodrigues, presidente de la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF). Esto fue un llamado de atención a la FIFA que amenazó al fútbol de ese país con dejar afuera a su Selección de las competencias internacionales.
La FIFA envió una carta a través del presidente de sus asociaciones miembro, el francés Kenny Jean Marie, a la que suscribió la paraguaya Monserrat Jiménez Granda, secretaria general adjunta de la Conmebol.
Allí indicaban que no tolerarían la injerencia estatal en los manejos de sus asociaciones miembro y no dudarán en desafiliar a Brasil de todas sus competiciones si no se reponía a Ednaldo Rodrigues como presidente de la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF).
Finalmente, la Justicia de ese país ordenó reponer a Rodrigues en el cargo, en medio de amenazas de la FIFA de aplicar sanciones contra el fútbol brasileño, y todo volvió a la normalidad.
El caso de Mali
Por un caso similar, la FIFA suspendió recientemente como asociada a la Federación de fútbol de Malí tras considerar una “indebida interferencia” del gobierno de ese país, después de que el Ministro de Deportes disolviera el comité ejecutivo de la entidad y nombrara un “comité provisional” para gestionar la asociación y disponer la elección de nueva junta directiva, pese a las advertencias.
El comunicado completo de la AFA
La Asociación del Fútbol Argentino comunica que ante el dictado por parte del poder ejecutivo de los DNU 70/23 (reglamentado luego por el Decreto 730/24), por medio de los cuales se pretende obligar a esta Casa a cambiar su estatuto a fin de permitir el ingreso de sociedades anónimas como miembros de la misma, la Gerencia de Legales a cargo del Dr. Andrés Paton Urich elevó a principio del mes de agosto una consulta jurídica a FIFA y CONMEBOL a fin de establecer si dicha norma no resultaba violatoria de sus estatutos en relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos internos sin la injerencia de terceros.
Con fecha 2 de septiembre de 2024, la FIFA a través de su Director Legal y de Cumplimiento, Dr. Emilio García Silvero ha emitido su dictamen manifestando en sus puntos más relevantes que, “En atención a lo considerado en los apartados cuarto y quinto, entendemos que las federaciones miembros de la FIFA – y en este caso la AFA – deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales. La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma.”
Asimismo, concluyó que, “Corresponde a la AFA, sin intervención estatal alguna, decidir democráticamente si sus clubes afiliados deben de retener la naturaleza jurídica de asociaciones civiles de manera obligatoria -como es el caso actual, cf. artículo 10 (2) Estatutos de la AFA-, transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas u optar por un modelo diferente. Cualquier otra decisión al respecto que no proceda de los órganos de gobierno de la AFA en uso de su autonomía entraría en conflicto con el artículo 19 (1) de los Estatutos de la FIFA, suponiendo igualmente un incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 (1) (i) del mismo texto estatutario.”
Por su parte, con fecha 21 de Agosto, la CONMEBOL a través de su Directora Jurídica Dra. Monserrat Jimenez, manifestó que, “a nuestro criterio establecer la obligación de incluir a los clubes que se transforman en SAD como miembros de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) constituye una flagrante intromisión y una injerencia arbitraria por parte del Estado, ya que despoja a una asociación civil privada de la facultad de decidir con autonomía acerca de su régimen de gobernanza, su gestión y sus intereses.”
En idéntico sentido, concluyo que: “El destino de una Asociación depende de sus miembros y fueron ellos quienes en cumplimiento de los Estatutos optaron por la no inclusión de clubes bajo la estructura jurídica de las SAD. De esta forma, resulta totalmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH que una ley exija a la AFA la inclusión de un miembro que no cumple con sus parámetros y fines. Es igualmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH compelir a esta asociación civil privada a cambiar sus estatutos sociales. “
Por todo lo expuesto, a fin de evitar cualquier tipo de consecuencia o sanción por parte de FIFA (que abarca hasta una desafiliación) continuaremos defendiendo los derechos de la Asociación del Fútbol Argentino como hemos efectuado en el marco de las actuaciones caratuladas AFA C/Estado Nacional S/Acción Mere Declarativa de Inconstitucionalidad” en la cual hace uno días el Juez interviniente ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/23 y de los art 2 y 5 del Decreto Reglamentario.
Se acompañan al presente la solicitud efectuada por AFA y sus correspondientes respuestas por parte de FIFA y CONMEBOL.