Sube el impuesto a los cigarrillos.

AFIP reglamentó cómo se calculará el aumento del tributo al tabaco que generó discusiones en la Cámara de Diputados cuando se incorporó a la ley Bases.

El Gobierno reglamentó la suba de la alícuota del impuesto al tabaco, que se elevó del 70% al 73%, lo cual impactará en el precio de venta de los cigarrillos al consumidor. La decisión tiene otro costado: es un golpe directo a las posición privilegiada que ostenta de manera irregular el empresario Pablo Otero, de Tabacalera Sarandí.

A través del decreto 658 se reglamentó cómo se calculará el aumento del tributo al tabaco que generó fuertes controversias en la Cámara de Diputados cuando se incorporó a la ley de Bases. En la norma también se reglamentan otras medidas de transparencia fiscal incluidas en la ley Bases.

La decisión de incorporar el tema del tabaco se aprobó con 82 votos a favor, 77 en contra y se abstuvieron 69 legisladores de Unión por la Patria y la izquierda, ya que, sostuvieron que se traba a de una “puja entre grandes empresarios”.

IVA: cómo se actualizará el impuesto

También establece que la AFIP actualizará los importes en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Además, fija que cuando las facturas o documentos no expresen el valor normal de plaza la AFIP podrá “estimarlos de oficio” tratándose de artículos gravados al precio de venta al consumidor.

Otro punto es que cuando no se hayan presentado declaraciones o resulten impugnables, la AFIP procederá a determinar de oficio la liquidación del gravamen.

Además, señala que el organismo fiscal podrá efectuar la determinación calculando las ventas realizadas por el contribuyente en función de cualquier índice que pueda obtener.

La semana pasada la AFIP ya había informado un nuevo aplicativo para el pago del impuesto al tabaco, de acuerdo al aumento dispuesto en la Ley Bases que se aumentó del 70% al 73% la alícuota sobre el precio de venta al consumidor.

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