Los propietarios tienen tiempo hasta el 31 de este mes para firmar un acta de compromiso con el Municipio.
Los carros gastronómicos ubicados en la Costanera de la ciudad podrán instalarse durante un año tras la regularización de habilitaciones. Los propietarios tienen tiempo hasta el 31 de enero para firmar un acta de compromiso con la comuna, y obtener sus respectivos permisos de ocupación del espacio público.
Los 18 carros ubicados en la costa capitalina tendrán la posibilidad de contar con la habilitación en un plazo de un año. Los dueños de los emprendimientos deberán firmar un convenio de adecuación que incluye no tener deudas al momento de suscribirse y así tienen todo este tiempo para poder cumplimentar los requisitos.
Para contar con la habilitación, los propietarios deben cumplir con los requisitos de suscripción del acta de compromiso en el cual se establecerán los derechos, deberes y obligaciones que cumplirán las partes interesadas y la Municipalidad de Corrientes, conforme a la normativa vigente. Además de no poseer deudas vigentes con el municipio al 31 de enero del año 2023.
Entre las determinaciones que deben cumplir, los carros no deben superar los 7 metros y tampoco el ancho que es hasta 250 metros. Los puestos no pueden poner en riesgo a los consumidores y deben contar con los cuidados bromatológicos, de comida en buen estado y de higiene.
Debido a que en caso de no cumplir con todos los procesos, el Municipio podrá retirarlos de la vía pública por incumplimiento del convenio suscripto. Cabe resaltar que los propietarios de los carros gastronómicos, una vez rubricada el acta de compromiso, tendrán hasta el 31 de diciembre del 2023 para ponerse al día con sus expedientes.
Esta nueva regularización se debe a que con el inicio de las obras en la costanera, el Municipio inició desde el año pasado una ronda de consultas con propietarios de carros gastronómicos ubicados en esta zona de la ciudad. En ese marco, se aprobó la creación de un “Plan de Transición” para la regularización de los requisitos establecidos por la Ordenanza N°6663/18 y Resolución Reglamentaria N°601/20, para los interesados en desarrollar esta actividad comercial en el ámbito de la Capital.