Detuvieron a un joven por cazar y faenar carpinchos en la Reserva Natural Cambyretá.

Se trata del área protegida del corredor Iberá. Allí detuvieron a  un muchacho de 20 años quien estaba acompañado de una adolescente de 16.

En la Reserva Natural Cambyretá, un área protegida en el departamento de Ituzaingó y parte del corredor ecológico de los Esteros del Iberá, personal de la Unidad Especial de Seguridad Rural y Ecológica detuvo a un joven de 20 años y demoró a una adolescente de 16 tras sorprenderlos cazando carpinchos.

El operativo se llevó a cabo durante una recorrida preventiva en el sector de ingreso al área natural. Los efectivos observaron a dos personas que se desplazaban en una motocicleta Gilera Smash (dominio DIX276), acompañadas por dos perros y transportando bolsas de arpillera con presunto contenido cárnico. Al notar la presencia policial, intentaron evadir el control, lo que motivó un seguimiento controlado que culminó con la detención.

En el procedimiento se secuestraron la motocicleta, dos cuchillos tipo carnicero y dos bolsas que contenían ejemplares de carpincho recientemente faenados.
Por disposición de la fiscal Claudia R. Esquivel, se iniciaron actuaciones por infracción a la Ley Nacional de Conservación de la Fauna N° 22.421.

La adolescente fue demorada y entregada a sus progenitores, mientras que el joven quedó alojado en la Comisaría Seccional Tercera de Ituzaingó.

La caza furtiva en reservas naturales representa un delito ambiental grave que amenaza la biodiversidad del ecosistema del Iberá, uno de los humedales más importantes de Sudamérica. Las autoridades provinciales y nacionales intensifican estos controles preventivos ante el aumento de denuncias por actividades ilegales en la zona.

¿Qué establece la Ley Nacional 22.421? 
Sancionada en 1981 y aún vigente (con su reglamentación principal en el Decreto 666/97), la Ley de Conservación de la Fauna declara de interés público la fauna silvestre que habita el territorio argentino, así como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional.

Todos los habitantes tienen el deber de protegerla conforme a las normas dictadas por las autoridades.

La ley regula la caza, la captura, la destrucción de crías, huevos, nidos o guaridas, la tenencia, el comercio, el tránsito y la transformación de animales silvestres y sus productos. Prohíbe expresamente la caza de especies vedadas o en áreas protegidas sin autorización, y exige licencias, certificados de origen y guías de tránsito para cualquier actividad legal.

En cuanto a las sanciones (Capítulo IX), las infracciones pueden acarrear multas de montos significativos (actualizados por inflación, desde decenas de miles hasta millones de pesos), decomiso de animales, productos, armas y vehículos, suspensión o cancelación de licencias de caza, e inhabilitaciones. En casos graves —como cazar especies prohibidas, de forma organizada, con más de tres personas o utilizando medios prohibidos—, se prevén penas de prisión de dos meses a dos años (o hasta tres años en agravantes), más inhabilitaciones especiales.

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