¿Milei podría faltar a la apertura de Sesiones Ordinarias?

Comienza la cuenta regresiva de un momento que, después del fracaso estrepitoso de la Ley Bases, puede ser cuando menos incómodo para Javier Milei: su discurso frente a los legisladores en el Congreso de la Nación. Esto ocurrirá dentro de tres viernes. pero hay quienes dudan de ese protocolo que es un clásico no ya en nuestra democracia, sino en prácticamente en todas las democracias occidentales.
La versión no es descabellada. Después del encono con que el Presidente tomó este revés parlamentario a la ley en la que había apoyado literalmente toda su futura gestión, y sabiendo de su carácter irascible, el que rompa con la tradición del discurso de apertura de sesiones es una alternativa que le ahorraria el verse cara a cara con “traidores”, “coimeros” y “delincuentes”, calificativos que les endilgó a los diputados que trabaron la ley también conocida como “Ómnibus”.
Junto al traspaso de mando de un presidente a otro, puede decirse que la apertura de sesiones ordinarias del Congreso es uno de los actos institucionales más importantes de la República, porque convoca en un mismo día y lugar, una vez al año, a las máximas autoridades de los tres poderes del Estado nacional: presidente y vicepresidente, diputados y senadores, y jueces de la Corte Suprema de Justicia. Además de gobernadores, ministros del Gabinete y miembros del cuerpo diplomático, entre otros. Pero, de todos ellos, quien lo encabeza es el presidente de la Nación, titular del Poder Ejecutivo.
Milei ya sentó un precedente contundente en materia de “subestimación” del parlamento al dar su discurso de asunción a la presidencia, el 10 de diciembre pasado, de espaldas al palacio del Congreso. Pero el discurso de apertura de sesiones es un mandato constitucional claramente establecido en la carta magna.
En el artículo 99, sobre Atribuciones del Poder Ejecutivo, inciso 8, la Constitución nacional dice taxativamente: “[El presidente de la Nación] hace anualmente la apertura de las sesiones del Congreso, reunidas al efecto ambas Cámaras, dando cuenta en esta ocasión del estado de la Nación, de las reformas prometidas por la Constitución, y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes”.
No hay entonces margen para vulnerar ese mandato. Así lo aclaró el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, en declaraciones realizadas a ElDiarioAR: “La apertura de las sesiones ordinarias por parte del Presidente es una obligación constitucional que surge del sistema de división de poderes y es la función que cumple un Presidente en un sistema presidencialista. Salvo alguna situación de objetiva justificación que lo imposibilite a hacerlo, está obligado a concurrir el 1º de marzo a la Asamblea Legislativa para dejar abiertas las sesiones ordinarias del año”
El acto se realiza desde hace 29 años el 1º de marzo, como consecuencia de la reforma constitucional de 1994. Antes se realizaban el 1º de mayo, porque el período de sesiones ordinarias iba de esa fecha al 30 de septiembre (actualmente es al 30 de noviembre).
En su mensaje, que es transmitido por cadena nacional, el Presidente repasa su gestión, anuncia políticas públicas y le propone al Congreso proyectos de ley. Para reforzar la importancia de este acto, Gil Domínguez aclaró que “si no existiese ninguna causal objetiva de justificación para dicha situación y el Presidente se rehusase a hacer este acto, es una de las causales de mal desempeño en su cargo”.

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