{"id":105513,"date":"2023-11-27T11:19:12","date_gmt":"2023-11-27T14:19:12","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=105513"},"modified":"2023-11-27T11:20:06","modified_gmt":"2023-11-27T14:20:06","slug":"asi-es-la-formula-para-calcular-el-aguinaldo-y-saber-cuanto-cobro","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/economia\/asi-es-la-formula-para-calcular-el-aguinaldo-y-saber-cuanto-cobro\/","title":{"rendered":"As\u00ed es la f\u00f3rmula para calcular el aguinaldo y saber cu\u00e1nto cobro"},"content":{"rendered":"\n<p>Los trabajadores deben recibir cada a\u00f1o un pago &#8220;extra&#8221; equivalente a la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas en el respectivo a\u00f1o calendario, el Salario Anual Complementario (SAC) o aguinaldo. Seg\u00fan establece la legislaci\u00f3n, el monto se debe pagar en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre.<\/p>\n\n\n\n<p><br>La Ley de Contrato de Trabajo determina que la fecha l\u00edmite para el pago de la primera mitad del SAC es el 30 de junio, mientras que la segunda cuota tiene por fecha l\u00edmite el 18 de diciembre de cada a\u00f1o.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>\u00bfQu\u00e9 d\u00eda de diciembre se cobra el aguinaldo?<\/strong><br>&nbsp;<br>Seg\u00fan la Ley 27.073, la primera cuota del aguinaldo se abona en la \u00faltima jornada laboral del mes de junio, el 30 de dicho mes, y la segunda cuota hasta el 18 de diciembre, previo a las fiestas de Navidad y A\u00f1o Nuevo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>C\u00f3mo es la f\u00f3rmula para calcular el aguinaldo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><br>Cada trabajador puede saber con anticipaci\u00f3n el monto que cobrar\u00e1 en concepto de aguinaldo, o m\u00e1s precisamente de la segunda cuota anual del Sueldo Anual Complementario (SAC).<\/p>\n\n\n\n<p>1\ufe0f\u20e3 Para ello, debe buscar entre los 5 recibos de julio a noviembre cu\u00e1l fue el mes en el que se percibi\u00f3 mayor remuneraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2\ufe0f\u20e3 A ese monto, hay que dividirlo por 2 para obtener el aguinaldo bruto.<\/p>\n\n\n\n<p>3\ufe0f\u20e3 Sobre el monto del aguinaldo bruto se descuentan las cargas sociales:<\/p>\n\n\n\n<p>11% de jubilaci\u00f3n<br>3% de PAMI<br>3% de Obra Social<br>2% Sindical o el % correspondiente<\/p>\n\n\n\n<p><br>4\ufe0f\u20e3 Una vez descontado, se obtiene el monto final del aguinaldo neto en mano.<\/p>\n\n\n\n<p>Si el sueldo percibido en junio fuera mayor que los anteriores, en el mes de julio se cobra la diferencia correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si no trabaj\u00e9 todo el a\u00f1o?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de los trabajadores que comenzaron sus actividades despu\u00e9s de julio y no cuentan con 5 recibos de sueldos, el c\u00e1lculo se realiza de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p>1\ufe0f\u20e3 Se debe buscar entre recibos obtenidos hasta noviembre, cu\u00e1l fue el mes en el que se percibi\u00f3 la mayor remuneraci\u00f3n. Si por ejemplo, la persona comenz\u00f3 a trabajar en septiembre y su alta es en octubre, tendr\u00e1 que realizar el c\u00e1lculo sobre 3 recibos.<\/p>\n\n\n\n<p>2\ufe0f\u20e3 Sobre ese monto, hay que calcular el aguinaldo bruto proporcional: se divide por 2 la mayor remuneraci\u00f3n, luego por 180 y, por \u00faltimo, se multiplica por la cantidad de d\u00edas trabajados de corrido. Ejemplo, si el sueldo m\u00e1s alto es $500.000, se divide por 2 y queda en $250.000. Ese monto dividido por 180 es 1388,88 y multiplicado por los d\u00edas trabajados, en este caso 120, queda un aguinaldo bruto proporcional de $166.666,66.<\/p>\n\n\n\n<p>3\ufe0f\u20e3 Sobre el monto del aguinaldo bruto proporcional se descuentan las cargas sociales:<\/p>\n\n\n\n<p>11% de jubilaci\u00f3n<br>3% de PAMI<br>3% de Obra Social<br>2% Sindical o el % correspondiente<\/p>\n\n\n\n<p><br>4\ufe0f\u20e3 Al restar ese porcentaje, se obtiene el monto final del aguinaldo neto proporcional en mano.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que el sueldo percibido en diciembre fuera mayor que los anteriores, en el mes de noviembre se cobra la diferencia correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Para los c\u00e1lculos del Salario Anual Complementario (SAC), todos los montos de referencia surgen del salario bruto, no del sueldo de bolsillo o salario neto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQui\u00e9nes cobran el aguinaldo?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><br>El aguinaldo est\u00e1 dirigido a trabajadores registrados del sector privado, p\u00fablico, jubilados y pensionados. Y corresponde al 50% de la mayor remuneraci\u00f3n mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el caso de las peque\u00f1as empresas, la Ley 24.467 de 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los per\u00edodos de pago del SAC siempre que no excedan de tres per\u00edodos en el a\u00f1o. Es decir, solamente las peque\u00f1as empresas, y siempre que as\u00ed lo establezcan los convenios colectivos, pueden dividir el aguinaldo en tres cuotas en lugar de dos.<\/p>\n\n\n\n<p>Ese es el caso por ejemplo del convenio Colectivo 389\/2004 de gastron\u00f3micos, rama hoteles y restaurantes. En ese acuerdo, se determina que el aguinaldo se puede abonar en hasta 3 per\u00edodos o \u00e9pocas del a\u00f1o calendario. Cada per\u00edodo se comprende por un cuatrimestre y el sistema adoptado debe ser anunciado por el empleador dentro del primer trimestre de cada a\u00f1o.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los trabajadores deben recibir cada a\u00f1o un pago &#8220;extra&#8221; equivalente a la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas en el respectivo a\u00f1o calendario, el Salario Anual Complementario (SAC)&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":97099,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-105513","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105513","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=105513"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105513\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":105515,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105513\/revisions\/105515"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/97099"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=105513"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=105513"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=105513"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}