{"id":126413,"date":"2024-02-18T18:53:44","date_gmt":"2024-02-18T21:53:44","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=126413"},"modified":"2024-02-18T20:11:32","modified_gmt":"2024-02-18T23:11:32","slug":"desde-este-lunes-se-podra-elegir-libremente-obra-social-o-prepaga","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/bienestar-y-salud\/desde-este-lunes-se-podra-elegir-libremente-obra-social-o-prepaga\/","title":{"rendered":"Desde este lunes se podr\u00e1 elegir libremente obra social o prepaga."},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">En los pr\u00f3ximos d\u00edas se publicar\u00e1 la reglamentaci\u00f3n de la desregulaci\u00f3n dispuesta en el DNU 70; los cambios en el r\u00e9gimen estar\u00e1n vigentes desde abril e implicar\u00e1n el fin de la intermediaci\u00f3n para captar aportes; qu\u00e9 se dispondr\u00e1 respecto de las cuotas de los planes.<\/h2>\n\n\n\n<p>La opci\u00f3n que podr\u00e1n ejercer los trabajadores de derivar sus aportes salariales obligatorios a una prepaga sin intermediaci\u00f3n de una obra social&nbsp;regir\u00e1 desde abril pr\u00f3ximo.&nbsp;Adem\u00e1s, tambi\u00e9n desde entonces quienes tengan una nueva relaci\u00f3n laboral&nbsp;ya no deber\u00e1n mantenerse por un a\u00f1o completo en la entidad sindical de la actividad&nbsp;correspondiente, sino que desde el primer momento podr\u00e1n elegir.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuentes de la Superintendencia de Servicios de Salud informaron que en la semana entrante\u00a0se oficializar\u00e1 la reglamentaci\u00f3n\u00a0de los art\u00edculos del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 referidos al tema. Y all\u00ed se dispondr\u00e1, afirmaron, que la libre opci\u00f3n ampliada a entidades privadas comenzar\u00e1 a regir desde\u00a0el primer d\u00eda del segundo mes siguiente a la\u00a0<strong>publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial<\/strong>\u00a0de la propia norma reglamentaria.<\/p>\n\n\n\n<p>El DNU 70, firmado por Javier Milei pocos d\u00edas despu\u00e9s de asumir la presidencia, en diciembre \u00faltimo, dispuso&nbsp;la incorporaci\u00f3n de las entidades de medicina prepaga al r\u00e9gimen de la ley 23.660, de obras sociales,&nbsp;lo cual implica que se las habilita a recibir aportes del sistema de la seguridad social. Sin embargo, a casi dos meses de la publicaci\u00f3n del decreto, hasta ahora no se llev\u00f3 a la pr\u00e1ctica la decisi\u00f3n, de alta sensibilidad para los sindicatos.<\/p>\n\n\n\n<p>La reglamentaci\u00f3n necesaria para poner finalmente en marcha la liberalizaci\u00f3n del destino de los aportes se conocer\u00e1, finalmente, mientras se desarrolla&nbsp;un nuevo cap\u00edtulo en la conflictiva relaci\u00f3n entre la dirigencia de la CGT y el Gobierno:&nbsp;el jueves \u00faltimo&nbsp;no lleg\u00f3 a buen puerto la reuni\u00f3n del consejo del salario m\u00ednimo, vital y m\u00f3vil&nbsp;y, posteriormente, Milei afirm\u00f3 que no dispondr\u00e1 un nuevo monto por decreto estableciendo un laudo, tal como se hizo en otras oportunidades durante las \u00faltimas d\u00e9cadas.<strong>&nbsp;La pretensi\u00f3n de la parte sindical era una suba del 85% del sueldo b\u00e1sico, cuyo monto est\u00e1&nbsp;congelado en $156.000 desde diciembre \u00faltimo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan confirmaron desde el Gobierno, cuando la desregulaci\u00f3n que establece la libre competencia est\u00e9 operativa, los beneficiarios podr\u00e1n elegir entre&nbsp;derivar los aportes a una obra social o a una prepaga \u201cque se registre para tal fin\u201d&nbsp;al momento de empezar en un nuevo empleo, \u201csin ning\u00fan tipo de intermediaci\u00f3n\u201d. Y luego, tal como ocurre ahora pero solo entre entidades sindicales, se podr\u00e1 ejercer el derecho de libre elecci\u00f3n&nbsp;una vez por a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/www.radiosudamericana.com\/notix\/multimedia\/imagenes\/fotos\/2024-02-18\/740764.png\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.radiosudamericana.com\/notix\/multimedia\/imagenes\/fotos\/2024-02-18\/740764.png_nota.png\" alt=\"\"\/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p>Desde el \u00e1rea de Salud afirman que los cambios \u201capuntan a&nbsp;terminar con las obras sociales que son sellos de goma&nbsp;y que solo funcionan como cajas negras de la pol\u00edtica, porque no dan prestaciones, sino que&nbsp;solo est\u00e1n en el medio para quedarse con alg\u00fan porcentaje\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuentes del sector consultadas indicaron que, seg\u00fan el caso, las comisiones cobradas por la intermediaci\u00f3n ronda entre 5% y 10%. De todas maneras, en las empresas\u00a0relativizan el impacto inmediato que la eliminaci\u00f3n de ese paso burocr\u00e1tico de la tercerizaci\u00f3n tendr\u00eda sobre los cuotas.\u00a0Por un lado, porque el cambio se da en el contexto de los fuertes incrementos de los precios de los planes de salud, que\u00a0solo en el primer trimestre del a\u00f1o acumular\u00e1n entre 100% y 120%.\u00a0Y, por otra parte, porque la normativa establecer\u00e1 que, del dinero que reciban -incluida la parte excedente de los aportes y contribuciones-\u00a0<strong>las prepagas deber\u00e1n depositar\u00a0un 20% en el Fondo Solidario de Redistribuci\u00f3n<\/strong>,\u00a0que se utiliza en el sistema de obras sociales para la cobertura de determinadas pr\u00e1cticas y tratamientos m\u00e9dicos de alto costo.<\/p>\n\n\n\n<p>La reglamentaci\u00f3n tambi\u00e9n definir\u00e1 que los beneficiarios del sistema de libre opci\u00f3n ser\u00e1n&nbsp;\u201clos trabajadores que presten servicios en relaci\u00f3n de dependencia, sea en el \u00e1mbito privado o en el sector p\u00fablico, y a los jubilados y pensionados nacionales\u201d.&nbsp;No obstante esto \u00faltimo y ante la consulta de LA NACION, desde la Superintendencia aclararon que las modificaciones no implican cambios para quienes est\u00e1n en el PAMI (s\u00ed, en todo caso, s\u00ed para los jubilados que est\u00e1n en obras sociales sindicales).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Marchas y contramarchas<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La libre opci\u00f3n entre obras sociales fue dispuesta&nbsp;tres d\u00e9cadas atr\u00e1s,&nbsp;durante el gobierno de Carlos Menem. En 1998, un decreto estableci\u00f3&nbsp;la obligatoriedad de permanecer al menos un a\u00f1o, desde el inicio de una relaci\u00f3n laboral, en la obra social de la actividad vinculada al empleo.&nbsp;En 2001, otra medida del Poder Ejecutivo ampli\u00f3 el derecho a la opci\u00f3n y&nbsp;quit\u00f3 ese requisito de permanencia inicial.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/www.radiosudamericana.com\/notix\/multimedia\/imagenes\/fotos\/2024-02-18\/856087.png\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.radiosudamericana.com\/notix\/multimedia\/imagenes\/fotos\/2024-02-18\/856087.png_nota.png\" alt=\"\"\/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p>Pero en 2021,&nbsp;el entonces presidente Alberto Fern\u00e1ndez lo repuso.&nbsp;Todo ello, de todas formas, siempre fue sin que se permitiera la competencia directa de las prepagas, que s\u00ed comenzaron d\u00e9cadas atr\u00e1s a \u201ccaptar\u201d aportes de trabajadores, pero no de manera directa, sino&nbsp;a trav\u00e9s de contratos firmados con obras sociales,&nbsp;algo que&nbsp;agrega costos al sistema sin contribuir con m\u00e1s o mejores prestaciones&nbsp;para los usuarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde abril habr\u00e1 libre opci\u00f3n&nbsp;desde el inicio mismo de una relaci\u00f3n laboral&nbsp;y, seg\u00fan fuentes oficiales, incluso quienes est\u00e9n ahora en su primer a\u00f1o en un empleo,&nbsp;ya no deber\u00e1n esperar al cumplimiento de ese plazo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Precios liberados<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El DNU 70 tambi\u00e9n&nbsp;liber\u00f3 los precios de los planes de salud del sector privado,&nbsp;por lo cual las subas ya no est\u00e1n sujetas a la aprobaci\u00f3n de las autoridades del \u00e1rea de Salud, tal como ocurr\u00eda hasta el a\u00f1o pasado. Sobre ese punto, la reglamentaci\u00f3n aclarar\u00e1 que los cambios a la ley regulatoria de la actividad (que no se deroga, sino que se modifica solo en algunos aspectos) son aplicables solo a los asociados voluntarios a los planes (no a quienes se afilien utilizando los aportes salariales).<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se ratificar\u00e1 que la Superintendencia de Servicios de Salud&nbsp;no tendr\u00e1 competencia para fijar los valores de cuotas&nbsp;y que, en caso de quiebra, cierre o cese de actividades de una empresa de medicina prepaga, \u201cla autoridad de aplicaci\u00f3n no transferir\u00e1 la cobertura de salud con sus afiliados a otros prestadores\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de confirmarse que el Estado ya no tiene injerencia en los valores que las prepagas les cobran a sus afiliados, se ratifica que&nbsp;tampoco e intervendr\u00e1 con la fijaci\u00f3n de aranceles m\u00ednimos obligatorios para los prestadores&nbsp;de los servicios de salud.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras rigi\u00f3 el mecanismo de regulaci\u00f3n de precios de los planes -seg\u00fan el cual hasta 2023 pod\u00edan aplicarse incrementos de porcentajes equivalentes a la suba registrada por un \u00edndice oficial de costos de salud-, las prepagas deb\u00edan aumentar los aranceles pagados a cl\u00ednicas, sanatorios u otros centros m\u00e9dicos o de&nbsp;<strong>pr\u00e1cticas de diagn\u00f3stico<\/strong>,&nbsp;en un porcentaje no menor al 90% del nivel de las subas de sus propios precios a los afiliados.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/www.radiosudamericana.com\/notix\/multimedia\/imagenes\/fotos\/2024-02-18\/717697.png\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.radiosudamericana.com\/notix\/multimedia\/imagenes\/fotos\/2024-02-18\/717697.png_nota.png\" alt=\"\"\/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p>Hasta enero \u00faltimo, cuando las cuotas subieron alrededor de 40%, las entidades siguieron aplicando el criterio descripto en el p\u00e1rrafo anterior (se comprometieron, de hecho, a mejorar los aranceles en un 36%). Ahora, sin embargo,&nbsp;los aranceles se definen en negociaciones individuales entre cada entidad financiadora y cada prestador,&nbsp;algo que, seg\u00fan se\u00f1alan referentes de este \u00faltimo sector,&nbsp;perjudica a los efectores de menor tama\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos tiempos,&nbsp;la crisis del sistema privado de salud&nbsp;se manifest\u00f3 con fuerza en diferentes hechos que afectaron a los afiliados, con demoras en la asignaci\u00f3n de turnos, salida de m\u00e9dicos y otros prestadores de las cartillas, cobro de copagos o bonos contribuci\u00f3n en el momento de la atenci\u00f3n, congelamiento de montos de reintegros y nuevos l\u00edmites en determinadas coberturas.<\/p>\n\n\n\n<p>La liberaci\u00f3n de los precios lleg\u00f3 tras un a\u00f1o en el cual, con una inflaci\u00f3n general del 211,4% informada por el Indec y un alza de los costos prestaciones a\u00fan mayor, seg\u00fan los directivos de la actividad,&nbsp;los valores de los planes de salud acumularon una suba total de 137%,&nbsp;bajo un r\u00e9gimen de regulaciones que, campa\u00f1a electoral mediante, incluy\u00f3&nbsp;<strong>meses con congelamiento de cuotas para los afilados que cumplieran con una serie de condiciones.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los fuertes incrementos que se aplican desde enero de este a\u00f1o&nbsp;generaron varios reclamos en la Justicia y ya hubo varias medidas cautelares que ordenan a las empresas abstenerse de cobrar las cuotas con los aumentos pretendidos, aunque solo tienen efecto en particular para quien hizo cada reclamo.<\/p>\n\n\n\n<p><em>Fuente: La Naci\u00f3n.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los pr\u00f3ximos d\u00edas se publicar\u00e1 la reglamentaci\u00f3n de la desregulaci\u00f3n dispuesta en el DNU 70; los cambios en el r\u00e9gimen estar\u00e1n vigentes desde abril e implicar\u00e1n el fin de&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":126414,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[16],"tags":[],"class_list":["post-126413","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-bienestar-y-salud"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126413","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=126413"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126413\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":126446,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126413\/revisions\/126446"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/126414"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=126413"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=126413"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=126413"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}