{"id":156958,"date":"2024-08-03T19:02:05","date_gmt":"2024-08-03T22:02:05","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=156958"},"modified":"2024-08-03T19:02:09","modified_gmt":"2024-08-03T22:02:09","slug":"confirman-procesamiento-a-prefecto-que-amenazo-a-subordinada-te-voy-a-pegar-un-tiro","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/policiales\/confirman-procesamiento-a-prefecto-que-amenazo-a-subordinada-te-voy-a-pegar-un-tiro\/","title":{"rendered":"Confirman procesamiento a prefecto que amenaz\u00f3 a subordinada: &#8220;Te voy a pegar un tiro&#8221;"},"content":{"rendered":"\n<p>La C\u00e1mara Federal de Corrientes confirm\u00f3 esta semana el procesamiento de un cabo de la Prefectura Naval por dirigir amenazas de muerte &#8220;en un contexto de violencia de g\u00e9nero&#8221; contra una marinera de la misma fuerza de seguridad. Seg\u00fan la denuncia, acreditada por los jueces intervinientes, el imputado le dijo &#8220;te voy a pegar un tiro&#8221; y &#8220;te voy a matar&#8221; con el prop\u00f3sito de &#8220;infundirle temor&#8221; a su subordinada mientras cumpl\u00edan un servicio de guardia en la ciudad de Yapey\u00fa.<\/p>\n\n\n\n<p>El expediente se inici\u00f3 por medio de un escrito presentado por la marinera S.C., donde relat\u00f3 que el 23 de abril de 2021 se encontraba de guardia en la Oficina de Comunicaciones junto al encargado de la Divisi\u00f3n de Operaciones cuando de pronto ingres\u00f3 el cabo primero E.S. y le pregunt\u00f3 al hombre: &#8220;\u00bfsale de licencia ella?&#8221;, con referencia a su subalterna, tras lo cual ambos contestaron &#8220;\u00bfpara qu\u00e9 quer\u00e9s saber?&#8221;. Luego de un silencio, y en un tono elevado hacia la mujer, el agente &#8220;realiz\u00f3 amenazas de muerte&#8221; con las dos frases rese\u00f1adas y &#8220;con uno de sus dedos sobre su frente&#8221;, como dando a entender a la interlocutora el lugar &#8220;donde ir\u00eda a cumplir la amenaza&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>La causa radic\u00f3 en el Juzgado Federal de Paso de los Libres, cuyo juez titular, Gustavo Fresneda, valor\u00f3 distintas pruebas al momento de definir la situaci\u00f3n procesal del prefecto, haciendo especial hincapi\u00e9 en el acta de audiencia testimonial de la denunciante, donde ratific\u00f3 su relato y agreg\u00f3: &#8220;a principios de 2020, estando en servicio, un d\u00eda me tom\u00f3 del cuello sin decirme nada, en ese momento no hab\u00eda nadie presente. Ese d\u00eda nos encontr\u00e1bamos en la cocina de Prefectura; de esta situaci\u00f3n puse en conocimiento a Prefectura, pero no hicieron nada al respecto. Al comienzo de nuestro servicio de guardia en el mes de abril le plante\u00e9 que no deb\u00eda tocarnos -a sus dependientes- y que su trato hacia nosotros era muy malo; -E.S.- no respondi\u00f3 nada, se rio como que si nada pasara y sigui\u00f3 trabajando&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>El 5 de diciembre pasado, el juez de primera instancia dict\u00f3 el procesamiento del cabo por &#8220;amenazas simples&#8221; -de acuerdo al art\u00edculo 149 bis del C\u00f3digo Penal- y le retir\u00f3 su arma reglamentaria como consecuencia de &#8220;una medida preventiva y con perspectiva de g\u00e9nero&#8221; tendiente a evitar alguna &#8220;situaci\u00f3n de peligro&#8221;. Defini\u00f3 al hecho investigado como &#8220;grave&#8221; y, bajo esos par\u00e1metros, le impuso al procesado una orden de restricci\u00f3n de acercamiento a una distancia de 200 metros respecto al domicilio particular y laboral de la marinera.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, precis\u00f3: &#8220;Las amenazas de muerte dirigidas hacia la v\u00edctima, acompa\u00f1adas de gestos que insinuaban una agresi\u00f3n letal, subrayan la gravedad y la intimidaci\u00f3n subyacente en el acto y por ello, corresponde contextualizar este incidente en un marco m\u00e1s amplio de violencia de g\u00e9nero (Ley 26.845 &#8211; Protecci\u00f3n Integral a las Mujeres), donde la violencia simb\u00f3lica y psicol\u00f3gica se emplea como medio de control y subordinaci\u00f3n hacia las mujeres en distintos \u00e1mbitos sociales, incluyendo el laboral&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.diarioepoca.com\/content\/bucket\/5\/1376915w790h444c.jpg.webp\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>La defensa de E.S. apel\u00f3 el fallo y pidi\u00f3 su sobreseimiento por considerar que la acci\u00f3n penal estaba prescripta, ya que el delito atribuido prev\u00e9 una pena m\u00e1xima de dos a\u00f1os de c\u00e1rcel y el hecho en an\u00e1lisis era de abril de 2021. &#8220;La persecuci\u00f3n o el castigo eterno no puede ser un medio v\u00e1lido para restablecer la justicia&#8221;, expres\u00f3 en referencia al instituto de la prescripci\u00f3n como protector de la seguridad jur\u00eddica. Tambi\u00e9n manifest\u00f3 que no exist\u00edan pruebas para acreditar la existencia del episodio denunciado, cuyos testigos aportados a la causa, dijo, &#8220;fueron de o\u00eddas&#8221; en tanto &#8220;no estuvieron presentes el d\u00eda y horario&#8221; del suceso.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed las cosas, el expediente recay\u00f3 en la C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Corrientes, integrada por los jueces Mirta Gladis Sotelo, Ram\u00f3n Luis Gonz\u00e1lez y Selva Ang\u00e9lica Spessot, quienes se expidieron de forma un\u00e1nime el mi\u00e9rcoles pasado en una resoluci\u00f3n a la que tuvo acceso Infobae.<\/p>\n\n\n\n<p>Para descartar el argumento de la prescripci\u00f3n, los camaristas explicaron que su c\u00f3mputo &#8220;se encuentra suspendido&#8221; por aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 67 del C\u00f3digo Penal, que en rigor detiene el plazo de ese instituto &#8220;en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica, para todos los que hubiesen participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempe\u00f1ando un cargo p\u00fablico&#8221;. Y en ese sentido, aclararon: &#8220;cabe considerar que la expresi\u00f3n \u2018cargo p\u00fablico\u2019 (&#8230;) no debe entenderse como \u2018cualquier empleo estatal, sino al funcionario cuya jerarqu\u00eda o vecindad con esta permita sospechar que puede emplear su autoridad o influencia con el fin de perjudicar el ejercicio de la acci\u00f3n penal\u2019&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Tal es as\u00ed -ilustraron los camaristas-, que en este caso es posible afirmar que el imputado al momento del hecho ostentaba el rango de Cabo Primero, y adem\u00e1s, se desempe\u00f1aba como Ayudante de Guardia en la Prefectura Naval de Yapey\u00fa, un rango superior al de la v\u00edctima S.C., que ostentaba el rango de marinero, y estaba bajo su mando&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego se\u00f1alaron: &#8220;Sumado a ello, de las manifestaciones efectuadas por el imputado al prestar declaraci\u00f3n indagatoria, es posible observar la influencia que aquel ten\u00eda sobre su superior en la situaci\u00f3n desarrollada, pues aquel expres\u00f3 -que- \u2018el jefe me pregunt\u00f3 qu\u00e9 pas\u00f3. Le comento y me dice que si la chica -S.C.- no quiere salir de licencia est\u00e1 haciendo problemas por eso. Lo que voy a hacer es sacarla a ella de tu guardia y la voy a poner en una oficina y voy a poner otro personal a tu cargo\u2019&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n transcribieron: &#8220;Ah\u00ed -el jefe del cabo E.S.- me dice que la chica no est\u00e1 bien y que me iba a poner una sanci\u00f3n disciplinaria de cinco d\u00edas. (&#8230;) Yo le pregunto por qu\u00e9 la sanci\u00f3n y me dice que cinco d\u00edas de arresto no es nada, que as\u00ed quedan todas calmadas las aguas y hac\u00e9s tu guardia tranquilo a la noche y ella se va a la oficina; vos te vas para Prefectura Aguap\u00e9 y ella sale de licencia&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras la transcripci\u00f3n de los dichos del imputado durante su indagatoria en Paso de los Libres, los camaristas interpretaron que &#8220;el jefe de ambos&#8221; se dirigi\u00f3 hacia \u00e9l con el fin de &#8220;brindarle una soluci\u00f3n que le resulte conveniente ante los hechos denunciados por la v\u00edctima, raz\u00f3n por la cual, es posible afirmar que el cargo p\u00fablico que -E.S.- ostentaba, en este contexto particular, le permit\u00eda contar con la suficiente autoridad para perjudicar el curso de la investigaci\u00f3n&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, rechazaron la hip\u00f3tesis de la defensa referida a la &#8220;inexistencia&#8221; del suceso en virtud de la incorporaci\u00f3n de &#8220;elementos que permiten -en esta etapa procesal- acreditar prima facie la existencia del hecho denunciado por la v\u00edctima y la vinculaci\u00f3n del imputado&#8221;. Para eso, destacaron la declaraci\u00f3n del testigo B., a cargo de la Divisi\u00f3n de Operaciones y presente en la oficina durante el episodio en cuesti\u00f3n. En efecto, B. confirm\u00f3 la frase &#8220;te voy a matar&#8221; expresada por el encausado, sin embargo, matiz\u00f3 la escena al entender que &#8220;estaban jodiendo&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Antes de ratificar el procesamiento sin prisi\u00f3n preventiva del prefecto, los magistrados hicieron \u00e9nfasis en la ley de &#8220;Protecci\u00f3n Integral a las Mujeres&#8221;, la &#8220;Convenci\u00f3n Bel\u00e9m Do Para&#8221; y la &#8220;Convenci\u00f3n sobre la eliminaci\u00f3n de todas las formas de discriminaci\u00f3n contra la mujer&#8221;. Tambi\u00e9n contemplaron precedentes de la Corte Suprema de Justicia relacionados con &#8220;la necesidad de incluir la perspectiva de g\u00e9nero en los casos penales&#8221; y dieron cuenta de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el tema.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan las actuaciones, luego del hecho denunciado, el cabo fue trasladado a la sede de la Prefectura Naval en el municipio correntino de Garruchos, donde permaneci\u00f3 un tiempo hasta retomar nuevamente sus actividades en la localidad de Yapey\u00fa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Federal de Corrientes confirm\u00f3 esta semana el procesamiento de un cabo de la Prefectura Naval por dirigir amenazas de muerte &#8220;en un contexto de violencia de g\u00e9nero&#8221; contra&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":156963,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[33],"tags":[],"class_list":["post-156958","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-policiales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/156958","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=156958"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/156958\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":156964,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/156958\/revisions\/156964"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/156963"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=156958"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=156958"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=156958"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}