{"id":160450,"date":"2024-08-20T08:19:03","date_gmt":"2024-08-20T11:19:03","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=160450"},"modified":"2024-08-20T08:19:15","modified_gmt":"2024-08-20T11:19:15","slug":"excluyen-de-tutela-sindical-a-un-chofer-que-fumaba-usaba-el-celular-y-conducia-con-las-puertas-abiertas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/destacados\/excluyen-de-tutela-sindical-a-un-chofer-que-fumaba-usaba-el-celular-y-conducia-con-las-puertas-abiertas\/","title":{"rendered":"Excluyen de tutela sindical a un chofer que fumaba, usaba el celular y conduc\u00eda con las puertas abiertas"},"content":{"rendered":"\n<p>Se comprob\u00f3 a trav\u00e9s de videos de c\u00e1maras instaladas en las unidades que conduc\u00eda con absoluta irresponsabilidad poniendo en riesgo la vida de los pasajeros y de terceros<a href=\"https:\/\/api.whatsapp.com\/send?text=Excluyen%20de%20tutela%20sindical%20a%20un%20chofer%20que%20fumaba,%20usaba%20el%20celular%20y%20conduc%C3%ADa%20con%20las%20puertas%20abiertas%20-%20https:\/\/www.diarioepoca.com\/1330052-excluyen-de-tutela-sindical-a-un-chofer-que-fumaba-usaba-el-celular-y-conducia-con-las-puertas-abiertas?utm_source=WhatsApp%26utm_medium=WhatsApp%26utm_campaign=WhatsApp%26utm_term=WhatsApp\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><\/a><a href=\"https:\/\/www.diarioepoca.com\/1330052-excluyen-de-tutela-sindical-a-un-chofer-que-fumaba-usaba-el-celular-y-conducia-con-las-puertas-abiertas#\"><\/a><a href=\"https:\/\/www.diarioepoca.com\/1330052-excluyen-de-tutela-sindical-a-un-chofer-que-fumaba-usaba-el-celular-y-conducia-con-las-puertas-abiertas#\"><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>El titular del juzgado Laboral N\u00b04 de Corrientes, doctor Dante Escofache, hizo lugar a la demanda de una empresa de colectivos de Corrientes que solicit\u00f3 se excluya de la Tutela Sindical a uno de sus trabajadores para poder despedirlo por poner en riesgo la vida de los pasajeros y de otras personas mientras circulaba por las calles.<\/p>\n\n\n\n<p>El hombre, chofer de colectivos, mientras trasladaba gente, fumaba, tiraba las colillas por la ventana, contestaba mensajes de celular, escuchaba audios, hac\u00eda llamadas y permit\u00eda que los pasajeros desciendan por la puerta delantera. Adem\u00e1s conduc\u00eda con las puertas abiertas. Acciones que infringen las directivas de tr\u00e1nsito y que atentan contra la vida.<\/p>\n\n\n\n<p>La empresa vio al trabajador cometiendo estas infracciones en videos que surgieron de las c\u00e1maras instaladas en las unidades de transporte. En las filmaciones se ve claramente que fue \u00e9l quien las cometi\u00f3 y adem\u00e1s el mismo trabajador lo reconoci\u00f3 pero aleg\u00f3 que las c\u00e1maras no fueron instaladas por seguridad como dijo la empresa, sino para perseguir a los trabajadores, especialmente al actor, por su car\u00e1cter de delegado sindical, y que esta situaci\u00f3n viola el derecho a la intimidad y reclam\u00f3 descansos no otorgados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La decisi\u00f3n del juez<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El doctor Dante Escofache en su sentencia consider\u00f3 que las conductas reprochadas por la empresa se encuentran suficiente y debidamente probadas para proceder al despido.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n afirm\u00f3 que como representante sindical debi\u00f3 dar el ejemplo al resto de sus compa\u00f1eros.<br>&#8220;\u2026PERO, lo m\u00e1s importante es que la conducta del chofer demuestra un DESPRECIO por la seguridad del pasajero de un colectivo, y el pretender valerse de excusas absurdas como las dadas, no disminuye su responsabilidad y gravedad de los actos&#8221;, sostuvo el magistrado.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo esto teniendo en cuenta que la responsabilidad del conductor de transporte de pasajeros en el manejo del \u00f3mnibus requiere que observe estrictamente las normas y recomendaciones viales ya que est\u00e1n en peligro las vidas humanas que transportan.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Responsabilidad Civil y Penal de la empresa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el doctor Escofache, el accionar imprudente del trabajador genera una responsabilidad penal y civil tambi\u00e9n para la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo al respecto que &#8220;LA EMPRESA NO PUEDE ESPERAR A QUE OCURRA UN ACCIDENTE O QUE CUESTEN VIDAS PARA PODER SANCIONAR A UN CONDUCTOR QUE CONDUCE EL OMNIBUS de la forma probada por los videos SIN TENER EL DOMINIO ABSOLUTO DEL VEHICULO&#8221;, indic\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el juez en materia de seguridad vial la prevenci\u00f3n es el primer principio y obligaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;\u2026 LA IMPRUDENCIA DEL CHOFER PUEDE COSTAR VIDAS Y EN ESE SENTIDO LA EMPRESA RESPONSABLE DE LAS VIDAS DE SUS PASAJEROS DEBE SUPRIMIR LOS RIESGOS. NO SE PUEDE &#8220;ESPERAR&#8221; A QUE COMETA UN NUEVO HECHO PARA SANCIONAR AL CHOFER. ESTA ESPERA PUEDE COSTAR VIDAS&#8221;, subray\u00f3 el magistrado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La demanda<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La empresa en el escrito de demanda solicit\u00f3 la exclusi\u00f3n de garant\u00eda sindical contra el trabajador, como recaudo de necesario cumplimiento para despojarlo de la garant\u00eda gremial de la que gozaba por ser delegado sindical, con el objetivo de poder ejercerse v\u00e1lida y eficazmente la potestad de despedirlo.<br>Tambi\u00e9n solicit\u00f3 medida cautelar tendiente a obtener la suspensi\u00f3n preventiva del trabajador con tutela sindical mientras dure el proceso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La defensa del trabajador<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El ch\u00f3fer sostuvo que en junio de 2021 se le notific\u00f3 de la instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de seguridad en la empresa y en las unidades de transporte, sin mencionar que las mismas pose\u00edan audios. En cambio el gremio estaba notificado.<\/p>\n\n\n\n<p>El trabajador denunci\u00f3 que las c\u00e1maras no fueron instaladas por seguridad como alega la empresa, sino para perseguir a los trabajadores, especialmente al actor, por su car\u00e1cter de delegado sindical, y que esta situaci\u00f3n viola el derecho a la intimidad. Tambi\u00e9n reclam\u00f3 descansos no otorgados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La trayectoria del trabajador en la empresa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El hombre ingres\u00f3 a prestar servicios como conductor profesional de transporte urbano de pasajeros para la empresa TURISMO MIRAMAR S.R.L. en fecha 28\/04\/2004 y lo hizo hasta el 30\/06\/2016, y luego pas\u00f3 a prestar servicios para MIRAMAR ESTRELLA U.T. (continuadora de TURISMO MIRAMAR).<\/p>\n\n\n\n<p>Result\u00f3 electo delegado sindical representante del sindicato UTA en fecha 30\/05\/2019, teniendo mandato vigente hasta el 30\/05\/2021 y que, si bien ya cumpli\u00f3 su mandato legal, la protecci\u00f3n de garant\u00eda sindical a\u00fan se encontraba vigente a la fecha de interposici\u00f3n de la demanda, extendi\u00e9ndose hasta el 30\/05\/2022.<\/p>\n\n\n\n<p>El d\u00eda 29\/07\/2021 cuando, al realizar el control habitual sobre las grabaciones de video del sistema de circuito cerrado de filmaci\u00f3n de todas las c\u00e1maras que posee la empresa, se observ\u00f3 falta de diligencia debida en la prestaci\u00f3n de las tareas por parte del demandado, lo que motiv\u00f3 la apertura de un sumario interno lo que deriv\u00f3 luego a la presentaci\u00f3n ante la justicia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se comprob\u00f3 a trav\u00e9s de videos de c\u00e1maras instaladas en las unidades que conduc\u00eda con absoluta irresponsabilidad poniendo en riesgo la vida de los pasajeros y de terceros El titular&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":160451,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26,33],"tags":[],"class_list":["post-160450","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacados","category-policiales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/160450","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=160450"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/160450\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":160452,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/160450\/revisions\/160452"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/160451"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=160450"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=160450"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=160450"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}