{"id":248381,"date":"2026-03-06T11:00:31","date_gmt":"2026-03-06T14:00:31","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=248381"},"modified":"2026-03-06T11:00:34","modified_gmt":"2026-03-06T14:00:34","slug":"condenado-por-vender-bicicleta-robada-y-lesionar-gravemente-a-un-vecino","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/policiales\/condenado-por-vender-bicicleta-robada-y-lesionar-gravemente-a-un-vecino\/","title":{"rendered":"Condenado por vender bicicleta robada y lesionar gravemente a un vecino"},"content":{"rendered":"\n<p>Acusado por la fiscal de Paso de los Libres, Daniela Di Tomaso, un hombre acept\u00f3 su responsabilidad y eligi\u00f3 acordar, en juicio abreviado pleno, una pena de cuatro a\u00f1os de prisi\u00f3n efectiva. Hiri\u00f3 con una gomera y puso en venta una bicicleta sustra\u00edda.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Cristian Luciano Ledesma fue acusado como autor de los delitos de estelionato y encubrimiento por receptaci\u00f3n dolosa con \u00e1nimo de lucro y lesiones graves en sendos legajos de investigaci\u00f3n fiscal (LIF). En el primero de ellos, el delito lo cometi\u00f3 junto a su padre Cristian Marcelo Ledesma, quien falleci\u00f3 mientras cumpl\u00eda prisi\u00f3n preventiva y cuya muerte es investigada. Los hechos fueron cometidos el 31 de diciembre de 2024 y el 6 de enero de 2025 respectivamente. El juez de Garant\u00edas, Gabriel Aldaz, homolog\u00f3 el acuerdo de juicio abreviado a trav\u00e9s de la sentencia N\u00b07 y deriv\u00f3 a la OFIJU la ejecuci\u00f3n de la pena.<\/p>\n\n\n\n<p>Los Ledesma hab\u00edan logrado vender la bicicleta en 45 mil pesos dici\u00e9ndole al comprador que era &#8220;el regalo de un familiar y la ten\u00edan tirada en el fondo de su casa&#8221;. Luego en la primera semana de enero al parecer por un encono de larga data, Ledesma hijo, le dispar\u00f3 con una gomera a G.P. El piedrazo impact\u00f3 en su cabeza y le ocasion\u00f3 traumatismo de cr\u00e1neo, hematoma subdural y herida contusa en la frente.<\/p>\n\n\n\n<p>Ambos hechos fueron en domicilios de la calle Pasaje Benitez, en la localidad de Paso de los Libres.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Sin perjuicio del propio reconocimiento efectuado por el imputado con la debida asistencia de su abogado defensor, considero que la materialidad del hecho y la autor\u00eda que corresponde al imputado se encuentra debidamente reunida con los elementos mencionados, form\u00e1ndose as\u00ed la convicci\u00f3n necesaria para formular un juicio de reproche en los t\u00e9rminos requeridos por la fiscal el cual resulta suficiente para dictar sentencia condenatoria&#8221;, reza el fallo del juez.<\/p>\n\n\n\n<p><em>La fiscal Di Tomaso convenci\u00f3 al juez como tercero imparcial con pruebas: la denuncia del propietario de la bicicleta y el testimonio del comprador, las actuaciones iniciadas de oficio por la polic\u00eda, los informes m\u00e9dico-legales realizados a la v\u00edctima de la agresi\u00f3n y su relato de c\u00f3mo termin\u00f3 gravemente herido. Por eso el juez explica en su fallo y con lenguaje accesible que la condena no responde solamente al hecho de que el imputado haya aceptado los t\u00e9rminos del acuerdo.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Ledesma ser\u00e1 condenado no solo porque se firm\u00f3 ese acuerdo, sino porque la fiscal cuenta con evidencias o pruebas que lo vinculan con los sucesos atribuidos, que en un eventual juicio podr\u00edan demostrar su eventual culpabilidad. Sin embargo en este caso no se hace el juicio y se tienen por acreditado los hechos endilgados, pues de eso se trata el instituto del Juicio Abreviado Pleno&#8221; puntualiz\u00f3 el magistrado, antes de conocer la pena. &nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Acusado por la fiscal de Paso de los Libres, Daniela Di Tomaso, un hombre acept\u00f3 su responsabilidad y eligi\u00f3 acordar, en juicio abreviado pleno, una pena de cuatro a\u00f1os de&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":248383,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[33],"tags":[],"class_list":["post-248381","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-policiales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/248381","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=248381"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/248381\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":248411,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/248381\/revisions\/248411"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/248383"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=248381"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=248381"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=248381"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}