{"id":270069,"date":"2026-09-05T11:40:41","date_gmt":"2026-09-05T14:40:41","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=270069"},"modified":"2026-09-05T11:40:47","modified_gmt":"2026-09-05T14:40:47","slug":"entra-en-vigencia-el-nuevo-regimen-penal-juvenil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/nacionales\/entra-en-vigencia-el-nuevo-regimen-penal-juvenil\/","title":{"rendered":"Entra en vigencia el nuevo r\u00e9gimen penal juvenil."},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La reforma reemplazar\u00e1 la normativa de 1980, con cambios en la edad de imputabilidad y en el esquema de sanciones juveniles. Qu\u00e9 pasar\u00e1 con las condenas perpetuas, el r\u00e9gimen de encierro y la resociabilizaci\u00f3n.<\/h2>\n\n\n\n<p>A partir de hoy comienza a regir el nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil en la Argentina, luego de que el Gobierno modificara la baja de la edad de imputabilidad. As\u00ed,&nbsp;<strong>las personas que sean mayores de 14 a\u00f1os y cometan delitos podr\u00e1n ser imputadas por los mismos<\/strong>. Cu\u00e1les ser\u00e1n los cambios que se reflejar\u00e1n en las penas, en las medidas de seguimiento y en la forma en que ser\u00e1n tramitadas las causas que involucren a adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Este 5 de septiembre, se oficializar\u00e1 el reemplazo del esquema vigente desde 1980, en donde se establec\u00eda que los menores de 16 a\u00f1os eran inimputables. De esta manera, se abre una nueva etapa en la Justicia de Menores, la cual tendr\u00e1 un alcance nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque la reforma penal permitir\u00e1 que los adolescentes de 14 a\u00f1os puedan ser judicializados por delitos previstos en el C\u00f3digo Penal, estos seguir\u00e1n enmarcados bajo un sistema especial. Esta normativa&nbsp;<strong>contemplar\u00e1 condenas, medidas alternativas y, en determinados casos, privaci\u00f3n de la libertad.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Respecto a las sanciones que ser\u00e1n aplicadas a los menores judicializados, estas deber\u00e1n orientarse a la responsabilidad legal por los actos cometidos y a la educaci\u00f3n, resocializaci\u00f3n e integraci\u00f3n social del adolescente. En ese marco, se introducir\u00e1 un sistema con penas, controles y mecanismos de seguimiento que antes no estaban previstos de la misma forma.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los cambios centrales, la norma proh\u00edbe las penas de reclusi\u00f3n y prisi\u00f3n perpetua para adolescentes. Al mismo tiempo que fija que el m\u00e1ximo de las penas privativas de libertad ser\u00e1 de\u00a0<strong>15 a\u00f1os, la ley prev\u00e9 la posibilidad de que accedan a la libertad condicional.<\/strong>\u00a0Sin embargo, deber\u00e1n cumplir los dos tercios de la condena y verificarse las condiciones exigidas para ese beneficio.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe destacar que la entrada en vigencia del r\u00e9gimen no implica que todo delito cometido por un menor de 18 a\u00f1os derive autom\u00e1ticamente en encierro. En este sentido, se contemplar\u00e1n sanciones alternativas para determinados casos, sobre todo cuando la pena prevista supera los tres a\u00f1os y llega hasta los diez.<\/p>\n\n\n\n<p>Como parte de las medidas alternativas propuestas por este marco legal, aparecen las restricciones de acercamiento, la reparaci\u00f3n del da\u00f1o a la v\u00edctima, reglas de conducta y la obligaci\u00f3n de participar en actividades educativas y comunitarias.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se incorporar\u00e1 la amonestaci\u00f3n, entendida como un llamado de atenci\u00f3n formal acompa\u00f1ado por otras medidas previstas en la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra de las novedades se trata del monitoreo electr\u00f3nico adolescente, pensado para controlar el cumplimiento de determinadas sanciones o funcionar como medida dentro del r\u00e9gimen penal juvenil.<\/p>\n\n\n\n<p>En materia de alojamiento, la norma dispone que los menores privados de libertad deber\u00e1n permanecer en instituciones acondicionadas para ese fin, con personal especializado. Asimismo,<strong>\u00a0se proh\u00edbe que adolescentes compartan encierro con personas mayores de edad.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El sistema contempla que el alojamiento pueda darse en institutos abiertos, institutos especializados de detenci\u00f3n o, en ciertos casos, bajo arresto domiciliario. En tanto, se conservar\u00e1 la prohibici\u00f3n de difundir nombres, apodos, filiaci\u00f3n, parentesco, domicilio o im\u00e1genes que permitan identificar al adolescente imputado.<\/p>\n\n\n\n<p>La nueva normativa fortalecer\u00e1 la intervenci\u00f3n de las v\u00edctimas dentro del proceso, ya que podr\u00e1n participar del tr\u00e1mite judicial y recibir informaci\u00f3n sobre el avance de la causa. Adem\u00e1s, establecer\u00e1 la responsabilidad civil de los padres de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes sometidos a proceso penal por los da\u00f1os derivados de los hechos il\u00edcitos atribuidos a sus hijos.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.google.com\/preferences\/source?q=radiosudamericana.com\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reforma reemplazar\u00e1 la normativa de 1980, con cambios en la edad de imputabilidad y en el esquema de sanciones juveniles. 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