{"id":29467,"date":"2022-12-23T08:59:52","date_gmt":"2022-12-23T11:59:52","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=29467"},"modified":"2022-12-23T08:59:56","modified_gmt":"2022-12-23T11:59:56","slug":"alivio-en-pellegrini-la-justicia-fallo-a-favor-de-los-pobladores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/politica\/alivio-en-pellegrini-la-justicia-fallo-a-favor-de-los-pobladores\/","title":{"rendered":"Alivio en Pellegrini: la Justicia fall\u00f3 a favor de los pobladores."},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La C\u00e1mara de Apelaciones de Goya revirti\u00f3 una sentencia de primera instancia y dio la raz\u00f3n a la Comuna y a los habitantes por la titularidad de 182 lotes, incluyendo la plaza p\u00fablica. Adem\u00e1s, pidi\u00f3 que se eval\u00faen sanciones por &#8220;fraude procesal&#8221;.<\/h2>\n\n\n\n<p>Luego de 10 a\u00f1os de un conflicto judicial, la Justicia en segunda instancia dictamin\u00f3 a favor de vecinos de Carlos Pellegrini y dio la raz\u00f3n a la Municipalidad local. De esta manera, casi el 60% de la titularidad de las tierras se legitima para los pobladores.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de unos 182 lotes que se encuentran a la vera de la laguna Iber\u00e1, donde se asentaban varias generaciones de familias. El camino que comenzaron a desandar los habitantes, casi la mitad del pueblo, comenz\u00f3 en 2012 cuando un juez de primera instancia de Goya reconoci\u00f3 la herencia de la familia Sniechowski sobre las tierras de su padre, quienes hab\u00edan manifestado que en los a\u00f1os 70\u2019 habr\u00eda comprado los terrenos.<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00f1os m\u00e1s tarde, el Gobierno de Corrientes dio inicio a acciones para tramitar la titularidad de los lotes de 83 familias, mientras continuaba un conflicto con particulares y el Municipio de Pellegrini por la plaza y otros espacios p\u00fablicos, como el tanque de agua que dota de este vital servicio al pueblo, un hecho pr\u00e1cticamente inaudito.<\/p>\n\n\n\n<p>En un principio, hubo 182 lotes afectados por este fallo de primera instancia, pr\u00e1cticamente la mitad del pueblo. Un grupo acord\u00f3, con patrocinio de defensores oficiales, ceder la titularidad, mientras que otro conjunto, aproximadamente 50 familias, avanz\u00f3 con acuerdos en el cual los presuntos herederos les reconocieron la titularidad de los terrenos.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, al menos unas 40 familias decidieron seguir con el juicio a esta segunda instancia, seg\u00fan inform\u00f3 a \u00e9poca el su representante legal, Rodrigo Vilas. El Municipio de Carlos Pellegrini tambi\u00e9n se sum\u00f3 a la v\u00eda legal.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el pasado 16 de diciembre, la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Goya, fall\u00f3 a favor de los pobladores. La sentencia lleva la firma de la presidente subrogante de la C\u00e1mara Gertrudis M\u00e1rquez, la vocal subrogante Victoria Colombo y de la secretaria Carina Zazzeron.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Confiamos siempre en la Justicia. Este fallo es a favor de quienes hace d\u00e9cadas est\u00e1n viviendo en Pellegrini, que, inclusive, nacieron en la misma casa varias generaciones&#8221;, dijo el abogado representante Rodrigo Vilas. En definitiva, la Justicia dio la raz\u00f3n a la Municipalidad, los vecinos y la Provincia de Corrientes que promovi\u00f3 la titularidad de las tierras a favor de los vecinos.<\/p>\n\n\n\n<p>En l\u00edneas generales, la C\u00e1mara hizo lugar a la acci\u00f3n aut\u00f3noma de nulidad de sentencia planteada por la Municipalidad de Carlos Pellegrini y a los pobladores. &#8220;La C\u00e1mara dio lugar a la nulidad y afecta a los 182 lotes&#8221;, inform\u00f3 Vilas a \u00e9poca.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, las jueces rechazaron la falta de legitimaci\u00f3n de los actores que se hab\u00eda sentenciado en una primera instancia. &#8220;La C\u00e1mara resolvi\u00f3 a favor de la legitimaci\u00f3n de los actores y pudieron hacer una acci\u00f3n conjunta&#8221;, explic\u00f3 el abogado promotor en di\u00e1logo con este medio. &#8220;La Justicia entendi\u00f3 que m\u00e1s all\u00e1 de los extremos formalismos procesales, debe primar la b\u00fasqueda de la verdad&#8221;, manifest\u00f3 el abogado.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera, la C\u00e1mara no s\u00f3lo dej\u00f3 sin efecto las sentencias anteriores sino tambi\u00e9n entendi\u00f3 que fueron &#8220;emitidas en el marco del fraude procesal&#8221;, lo cual incluir\u00eda a las escrituras, seg\u00fan indica el fallo al cual accedi\u00f3 \u00e9poca. Por ello, la C\u00e1mara pidi\u00f3 &#8220;elevar los antecedentes&#8221; al Superior Tribunal de Justicia &#8220;para la evaluaci\u00f3n de la posible imposici\u00f3n de sanciones disciplinarias&#8221;, si correspondiere.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Cuando se habla de fraude procesal es que hubo un intento de enga\u00f1ar a la Justicia con artilugios judiciales&#8221;, explic\u00f3 Vilas. Los antecedentes deber\u00e1n ser revisados ahora por el m\u00e1ximo tribunal de justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>Los jueces evaluaron algunos de los antecedentes y entre los considerandos, indicaron que los actores considerados &#8220;de leg\u00edtimo abono&#8221;, &#8220;enga\u00f1aron a la jurisdicci\u00f3n, utilizando una v\u00eda que imped\u00eda o limitaba el accionar judicial, continuando con el enga\u00f1o durante todo su tr\u00e1mite, lesionando gravemente derechos de terceros&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Afirmaron que el fraude procesal inici\u00f3 ya con la opci\u00f3n de una v\u00eda (la escrituraci\u00f3n) que imped\u00eda la defensa de quienes pod\u00edan considerarse con derechos, que no son otros, que la mayor\u00eda de los habitantes del pueblo de Colonia Pellegrini&#8221;, indica el fallo entre los antecedentes analizados.<\/p>\n\n\n\n<p>Por el momento hay alivio en el pueblo. &#8220;Todos estaban muy contentos y emocionadas al recibir la noticia, tambi\u00e9n el intendente&#8221;, expres\u00f3 Vilas, el apoderado letrado de la parte que plante\u00f3 la nulidad de la sentencia en primera instancia. No obstante, aclar\u00f3 que a\u00fan no ha quedado firme ya que existe una \u00faltima instancia de apelaci\u00f3n ante del STJ. Sin embargo, se\u00f1alaron que ha sido un paso muy importante a favor de los pobladores.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Diario \u00c9poca.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Apelaciones de Goya revirti\u00f3 una sentencia de primera instancia y dio la raz\u00f3n a la Comuna y a los habitantes por la titularidad de 182 lotes, incluyendo&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":29468,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-29467","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29467","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29467"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29467\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":29469,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29467\/revisions\/29469"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/29468"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29467"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29467"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29467"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}