{"id":74666,"date":"2023-07-19T16:15:18","date_gmt":"2023-07-19T19:15:18","guid":{"rendered":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/?p=74666"},"modified":"2023-07-19T16:15:24","modified_gmt":"2023-07-19T19:15:24","slug":"transito-tassano-autorizo-la-reduccion-del-valor-de-la-unidad-de-multa-a-200","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/locales\/transito-tassano-autorizo-la-reduccion-del-valor-de-la-unidad-de-multa-a-200\/","title":{"rendered":"Tr\u00e1nsito: Tassano autoriz\u00f3 la reducci\u00f3n del valor de la Unidad de Multa a $200"},"content":{"rendered":"\n<p>El intendente de la Capital, ante los \u00edndices inflacionarios, determin\u00f3 una merma del concepto que se rige por el precio de litro de nafta s\u00faper que hoy ronda los $240.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>El Intendente de la Capital, Eduardo Tassano autoriz\u00f3 la reducci\u00f3n del valor de la Unidad de Multa (UM) a $200, valor que se rige de acuerdo al precio del litro de nafta s\u00faper y que determina el costo de las infracciones de tr\u00e1nsito de acuerdo a la gravedad. La Resoluci\u00f3n comenz\u00f3 a regir desde el 1 de julio del 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>El jefe Capitalino, dispuso mediante la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2561, del 28 de junio del 2023 (publicado en el Bolet\u00edn Ofocial de la Municipalidad de Corrientes N\u00b0 4058) una rebaja al valor unitario de la Unidad de Multa (U.M.), tras el informe de Administraci\u00f3n General de los Tribunales de Falta que comunic\u00f3 que el monto equivalente a la U.M es de $238 pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>El valor de la U.M se rige por el art\u00edculo 4 de la Ordenanza 2081 que establece que el importe unitario ser\u00e1 el equivalente al litro de nafta super de acuerdo a la cotizaci\u00f3n de YPF en la ciudad de Corrientes, al momento de hacerse efectivo el pago.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En el mes de junio del 2023 el precio de la Nafta S\u00faper alcanz\u00f3 los $245 pesos y la Nafta Premium (V-Power) en la Shell ya lleg\u00f3 a los $303 pesos. Luego los precios de las naftas y el gasoil en las estaciones de todo el pa\u00eds subieron 4,5% a partir del s\u00e1bado 8 de julio. En consecuencia, en las estaciones de bandera (YPF) de Capital, el litro de nafta S\u00faper ronda los 248.8 pesos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En este marco, el Intendente Tassano en la Resoluci\u00f3n que lleva su r\u00fabrica fundamenta su decisi\u00f3n hace referencia a la necesidad de \u201cconsiderar simult\u00e1neamente criterios sociales, econ\u00f3micos y pol\u00edticos&#8221;. No solamente criterios estrictamente jur\u00eddicos o legales. Habla de la \u201crelevancia de hacer un an\u00e1lisis de la realidad para lograr una mejor prestaci\u00f3n de servicios\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Recuerda que la ciudad de Corrientes se encuentra bajo normativas de emergencia econ\u00f3mica que tambi\u00e9n incluyen las sanitarias (por el Coronavirus), \u201cla cual deben encuadrarse en la doctrina de emergencia o estado de Emergencia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cQue las multas establecidas en el C\u00f3digo de Contravenciones de la Ciudad de Corrientes se fijaron en pesos, lo que implica que peri\u00f3dicamente la Comuna deba dictar ordenanzas para ajustar los importantes de las mismas a los vaivenes de la inflaci\u00f3n\u201d, es otro de los fundamentos de la normativa.<\/p>\n\n\n\n<p>Asegura que \u201ceste procedimiento (por el valor de acuerdo al precio del litro de nafta) puede traer aparejados atrasos significativos en la percepci\u00f3n real de las multas al momento de su efectivo pago en detrimento de los ingresos comunales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s refiere a que \u201clos valores de las multas por infracciones previstos en la Disposici\u00f3n 074\/2023 (de la Administraci\u00f3n General de los Tribunales de Falta que determin\u00f3 el valor de unidad de multa a $238) han quedado desfasados ante el incremento de los precios y valores de referencia desde su fijaci\u00f3n &nbsp;hasta la fecha requiriendo un ajuste razonable que mantenga el efecto al que est\u00e1 destinado, es decir , ser sancionatorio de inconductas sociales tipificadas como faltas\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En consecuencia la Resoluci\u00f3n 2561 publicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Municipalidad de Corrientes N\u00b04058, en su art\u00edculo 1: autorizar la reducci\u00f3n del valor de la Unidad de Multa (UM) del valor informado por la Administraci\u00f3n General de los Tribunales Administrativos de Faltas, debiendo fijarse su importa en una (01) Unidad de Multa igual a la suma de pesos Doscientos ($200,00) la que comenzar\u00e1 a regir a pastor del 1 de julio del 2023\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Multas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito de Corrientes, est\u00e1 adherido a la Ley Nacional de Tr\u00e1nsito N\u00ba 24.449 (T\u00edtulos I al VIII). Y la normativa Nacional en el art\u00edculo 84 establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al p\u00fablico de un litro de nafta especial.<\/p>\n\n\n\n<p>Explica que las mismas se aplicar\u00e1n desde un m\u00ednimo de 50 UF hasta 5.000 UF; mientras que de acuerdo a los excesos de los infractores la multa puede ser equivalente a un monto m\u00e1ximo de 20.000 UF.<\/p>\n\n\n\n<p>En Corrientes, una infracci\u00f3n de tr\u00e1nsito por alcoholemia positiva a inicios de a\u00f1o superaba los 100.000 pesos y ese monto aumenta adem\u00e1s, dependiendo de la cantidad de d\u00edas que el veh\u00edculo quede en el play\u00f3n municipal y de otros atenuantes.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLo que cobran es la estad\u00eda, toda infracci\u00f3n tiene su precio y no son las mismas por alcoholemia es mayor y puede variar depende del resultado que den en ese momento\u201d, hab\u00eda informado un inspector de tr\u00e1nsito a El Litoral a inicios del a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLos precios pueden variar pero en general superan los 60.000 pesos y pueden llegar a m\u00e1s de 100.000\u201d, resalt\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe se\u00f1alar que al tener las multas unidades m\u00ednimas y m\u00e1ximas, son los jueces de faltas los que deciden lo que el infractor deber\u00e1 pagar en cada caso. Si bien depende de su criterio, generalmente los pagos m\u00e1s altos se imponen cuando se trata de reincidentes, es decir, personas que hayan cometido la misma falta en varias ocasiones.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, se debe considerar que en la p\u00e1gina oficial de la Municipalidad de Corrientes solo se puede consultar las infracciones por dominio en el siguiente link: https:\/\/ciudaddecorrientes.gov.ar\/consulta-de-infracciones.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El intendente de la Capital, ante los \u00edndices inflacionarios, determin\u00f3 una merma del concepto que se rige por el precio de litro de nafta s\u00faper que hoy ronda los $240.\u00a0&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":74667,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":["post-74666","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-locales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74666","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=74666"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74666\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":74668,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74666\/revisions\/74668"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/74667"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=74666"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=74666"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/corrientesdetarde.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=74666"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}