La Cámara Electoral homologó el Decreto 1620 de alianzas municipales

Por dos votos contra uno, la Cámara de Apelaciones con competencia Administrativa y Electoral de la Provincia revocó el fallo de primera instancia que declaraba la inconstitucionalidad del Decreto 1620/2025 que dispone la prohibición de llevar diferentes boletas de candidatos provinciales a los candidatos de jurisdicción municipal.

Apoderados de los partidos opositores confirmaron a época que ya están redactando el recurso extraordinario para acceder al Superior Tribunal de Justicia, porque consideran que el fallo de la cámara atenta contra el normal desempeño del proceso electoral en marcha.

Con los votos de las juezas María Herminia Puig y Nidia Billinghurst de Braun, el tribunal de alzada hizo lugar a la solicitud de apelación contra el fallo de la Jueza Civil y Comercial N°3 con competencia en electoral, María Eugenia Herrero, quien declaró la inconstitucionalidad del decreto al considerarlo extemporáneo y que viola principios constitucionales, como la prohibición para el Ejecutivo de modificar el espíritu de la ley cuando reglamenta la instrumentación del plexo normativo.

Vale destacar que la jueza Martha Helia Altabe votó a favor de sostener el fallo de primera instancia, al hacer lugar al dictamen del fiscal general del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, César Pedro Sotelo, quien propuso rechazar el recurso de apelación presentado por el fiscal de Estado, Horacio Ortega.

La parte resolutiva del fallo que revoca la decisión de primera instancia consta de 41 fojas en las cuales las tres magistradas fundamentaron su voto y las partes en pugna tienen hasta el lunes para iniciar los reclamos pertinentes para hacer valer sus derechos.

Al finalizar la semana pasada, la jueza con competencia electoral, María Eugenia Herrero, declaró inconstitucional el Decreto 1260. El argumento de los dirigentes opositores indicaron que “el decreto modifica las reglas electorales a pocos días de la elección, afectando la seguridad jurídica y la igualdad de oportunidades entre los partidos”.

Desde el Gobierno provincial sostuvieron que la medida “se centra en que el decreto busca aclarar y ordenar el proceso de adhesión de boletas, evitando confusión en el electorado y garantizando la transparencia del acto electoral”.

En oportunidad de presentar la apelación al fallo de primera Instancia, el fiscal de Estado Horacio Ortega declaró que la idea del Decreto en cuestión “es proteger la voluntad del elector, que es el actor principal en las elecciones”.

Sobre lo que llamó la supuesta extemporaneidad de la norma cuestionada por la oposición, el funcionario aclaró: “No se establecieron plazos porque no existen situaciones pendientes de resolución” y se tomó la decisión de hacerlo en este momento, “en vista de que la jurisprudencia local y nacional se ha expedido en este sentido y era necesario ordenar esta cuestión”.

Ortega aseguró: “No hay perjuicios ni injerencia en la vida interna de los partidos, sino que evitamos que haya una multiplicidad de formas de alianzas, que confundan al elector”.

Recurso ante el STJ

Los apoderados de los partidos políticos que presentaron el planteo de inconstitucionalidad confirmaron que ya están redactando el recurso extraordinario para recurrir al Superior Tribunal de Justicia, según declaró Félix Pacayut, apoderado del Partido Justicialista, y adelantó que si la cámara no accede a ese planteo presentarán un recurso de queja ante el máximo órgano judicial.

Comentarios de Facebook