A 93 años del establecimiento del profesionalismo en el fútbol argentino, resulta fundamental abordar una arista que a es menudo ignorada: la intersección entre el fútbol, las lesiones, los riesgos laborales y la cobertura que ofrece la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
El deporte, pasión de multitudes y también fuente de ingresos millonarios, puede convertirse en dolor y vulnerabilidad para quienes lo practican profesionalmente. Según la Dra. Sandra Laham, abogada especializada en reclamos a ART, desde la instauración del fútbol profesional en Argentina, el futbolista dejó de ser un simple aficionado para convertirse, a todos los efectos legales, en un trabajador.
No obstante, la plena efectividad de sus derechos laborales continúa siendo un desafío pendiente. Es fundamental reconocer que el cuerpo del futbolista es su herramienta de trabajo, y las lesiones sufridas durante entrenamientos y partidos pueden tener un importante impacto en su carrera y su bienestar económico.
“En esencia, un futbolista profesional tiene los mismos derechos laborales que cualquier otro trabajador en relación de dependencia”, asegura Laham. Además, en dialogo con este medio, la abogada respondió a las dudas que puedan surgir en este ámbito.
-¿Una lesión durante un entrenamiento o partido es accidente laboral?
Sí, siempre que exista una relación laboral formal, cualquier lesión sufrida durante un entrenamiento o un partido se considera un accidente de trabajo según la Ley 24.557. Esto incluye esguinces, roturas ligamentosas, traumatismos y otros daños físicos ocurridos mientras se cumple la tarea para la cual el trabajador fue contratado. La ART correspondiente debe cubrir el tratamiento médico, la rehabilitación y, si corresponde, la indemnización por incapacidad.
-¿Se debe contratar una ART en clubes amateurs o en ligas menores?
Si, la ART debe ser contratada por quien actúe como empleador. En los clubes amateurs o en ligas menores, esa obligación sigue existiendo si hay una relación laboral. El problema es que muchas veces no se registran esas relaciones, y los deportistas quedan totalmente desprotegidos. Esto constituye una falta grave y, en caso de accidente, el empleador puede ser demandado por omisión de sus obligaciones legales.
-¿Qué pasa con los trabajadores del deporte que no tienen relación de dependencia formal?
Quienes prestan servicios sin un contrato laboral registrado, por ejemplo como monotributistas o en negro, quedan fuera del sistema de ART. Sin embargo, si en los hechos cumplen horarios, acatan órdenes y reciben una remuneración, pueden reclamar judicialmente el reconocimiento de la relación de dependencia. En esos casos, también se puede reclamar retroactivamente la cobertura por accidentes sufridos durante el vínculo laboral encubierto.
-¿Existen secuelas permanentes no reconocidas por las ART?
Sí, lamentablemente es habitual que las ART no reconozcan ciertas secuelas. Lesiones crónicas, deterioro de articulaciones, hernias o problemas neurológicos suelen no ser contemplados si no alcanzan el umbral de incapacidad establecido por los baremos de las comisiones médicas. Sin embargo, esas lesiones pueden limitar seriamente la vida laboral futura del trabajador. En estos casos, es posible presentar pericias médicas independientes y recurrir a la justicia para obtener un resarcimiento justo.
-¿Qué pasa con quienes dan clases de fútbol, entrenadores personales o profes en clubes de barrio?
Estas personas también son trabajadores y deben estar registradas. Si tienen un vínculo estable con un club o gimnasio, y cumplen una función habitual, tienen derecho a estar cubiertos por una ART. Pero la realidad muestra que muchos operan en la informalidad. En caso de lesión, pueden iniciar un reclamo por relación laboral no registrada. El hecho de que el entorno sea un club de barrio o una institución comunitaria no exime de responsabilidad a quien actúe como empleador.
En definitiva, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) juega un papel fundamental en la protección de los futbolistas profesionales. Su función principal es brindar cobertura médica y económica en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales. En el contexto del fútbol, las lesiones sufridas durante entrenamientos y partidos son consideradas accidentes laborales, y deben ser cubiertas por la ART.
FÚTBOL Y PRECARIEDAD LABORAL: LAS CLAVES DE LA DRA. SANDRA LAHAM PARA DEFENDER LOS DERECHOS DE LOS JUGADORES
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