El Gobierno envió al Congreso un proyecto de blanqueo de capitales

Tras el acuerdo de intercambio de información fiscal con Estados Unidos, el proyecto de ley para un nuevo blanqueo de capitales al Congreso.

Este miércoles el gobierno nacional envió al Congreso la Declaración Voluntaria del ahorro Argentino no exteriorizado, un proyecto de blanqueo de capitales que estará dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y empresas.

En concreto, se trata de una herramienta a la que apuesta el Ejecutivo nacional en medio de la campaña electoral. La “exteriorización de activos no declarados” en el exterior permitiría al Gobierno no solo captar miles de dólares fuera del radar, sino también garantizar una recaudación extra y con ella un mayor margen de maniobra hacia las elecciones, sin desviarse de las metas pactadas con el FMI en materia de gasto público.

La iniciativa pasó al Congreso para su tratamiento, luego de que el ministro de Economía, Sergio Massa, anunciara la firma del acuerdo de intercambio de información financiera entre los Estados Unidos y la Argentina.

Tal como detalla el documento, la normativa “permite exteriorizar tenencia de moneda nacional o extranjera en el país o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y en el exterior”. También están incluidos los créditos.

La “exteriorización de activos no declarados” en el exterior, tal el nombre de la iniciativa, permitiría al Gobierno no solo captar miles de dólares fuera del radar, sino también garantizarse una recaudación extra. (Foto: Ministerio de Economía)

Las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior cuando exista repatriación son las siguientes:

  • 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos,
  • 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos,
  • 20% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.
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