El argumento central sostiene que cuando una persona es investigada por varios hechos, el fiscal que debe intervenir en la totalidad de la causa es aquel que estaba de turno al momento de la denuncia del delito más grave.
El abogado defensor César López, representante legal de Mabel Ojeda conocida públicamente como la “falsa médica”, habló con Ahora Noticias Chaco y confirmó que solicitó formalmente que el fiscal de Sáenz Peña, Marcelo Soto, se declare incompetente en la investigación. Ojeda se encuentra actualmente imputada por ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de título y homicidio simple con dolo eventual, este último considerado el delito más grave del expediente.
La acusación de homicidio se vincula con el fallecimiento de Lorenzo Blanco, ocurrido en diciembre del año pasado en Quitilipi. Según la denuncia de los familiares, el hombre asistió al hospital local por un fuerte dolor de pecho y de cabeza, donde fue atendido por Ojeda, quien le recetó paracetamol y lo mandó a reposar a su casa, lugar en el que posteriormente desmejoró y murió.
López cuestionó duramente el avance de la investigación y señaló irregularidades en el manejo de los tiempos judiciales. El letrado explicó que el expediente por el deceso de Blanco se inició de oficio por la policía tras las quejas de la familia ante la falta de una autopsia. “En ese momento, el fiscal Gustavo Valero consideró que el procedimiento no era necesario por tratarse de una muerte natural, aunque luego accedió ante la insistencia de los familiares”, detalló López. Sin embargo, la defensa denunció que las actuaciones estuvieron paralizadas durante cinco meses.
La causa cambió de manos luego de que el doctor Valero se declarara incompetente y remitiera el caso al fiscal Marcelo Soto, argumentando que este último ya lideraba una investigación previa y más avanzada por usurpación de título y ejercicio ilegal de la medicina. Tras citar a la familia de la víctima, la fiscalía convocó a Ojeda a audiencia de declaración como imputada y le atribuyó el delito de homicidio simple con dolo eventual.
Para la defensa, la imputación resulta sorpresiva y carece de sustento probatorio técnico. López enfatizó que “el fiscal aún debe obtener pruebas periciales que demuestren que la causa de la muerte es responsabilidad directa de la señora Ojeda”, criticando que se avanzara con una calificación tan grave basándose únicamente en la denuncia de la familia que estuvo archivada durante meses.
Ante este escenario, la defensa presentó un pedido de incompetencia fundamentado en el artículo 55, inciso primero, del Código Procesal Penal del Chaco. El argumento central sostiene que cuando una persona es investigada por varios hechos, el fiscal que debe intervenir en la totalidad de la causa es aquel que estaba de turno al momento de la denuncia del delito más grave. Al ser el homicidio la figura de mayor gravedad, y haber sido denunciado inicialmente ante el doctor Valero, la defensa exige que este recupere el expediente completo y desplace al fiscal Soto de la investigación.