Qué es el abigeato y que sanciones establece el Código Penal Argentino

Tanto este delito como la faena ilegal golpea fuertemente a la producción ganadera correntina pero además representa un riesgo para la población. En esta nota te contamos en detalle a qué se refiere y que complicaciones podría acarrear el consumo de carne sin los avales sanitarios necesarios. 

El Código Penal argentino es el cuerpo normativo en donde se determinan cuáles son las conductas disvaliosas o delitos. Entre los múltiples actos que atentan contra la ley, hay uno en específico que se ha convertido con el tiempo en un verdadero flagelo para la sociedad correntina, atentando contra el esfuerzo de productores y arriesgando la salud de la población. El abigeato. 

Este accionar está definido como un “delito contra la propiedad que se concreta cuando una persona se apodera ilegítimamente de una o más cabezas de ganado mayor o menor, total o parcialmente ajenas” y como el “delito de tomar sin la voluntad del dueño, uno o más animales de rebaño ajenos (como vacas, caballos, ovejas, cabras o cerdos), que están en establecimientos rurales o en viaje, desde su carga hasta la entrega”. El abigeato tiene una figura de abigeato agravado, entiéndase a este como el mismo delito anteriormente detallado pero “en circunstancias que lo agravan como: el uso de la fuerza o violencia; el robo de cinco o más cabezas de ganado y con transporte motorizado; por falsificación de marcas y señales, por uso de documentos falsos, por pluralidad de autores, por las características del autor” según consta en Código Penal: Ley 11.179; libro segundo; título vi; capítulo ii bis; art. 167 ter, pár.2; Quater y Quinque.

Contrariamente a lo que algunos creen, este delito contempla las penas de prisión o reclusión que van de tres a diez años. 

Así mismo, otro delito que se encuentra vinculado al abigeato es la faena ilegal, entendida como el comercio de carne sin los controles y avales sanitarios correspondientes. De hecho, dentro del abigeato (de acuerdo a la normativa mencionada), se estipula que “se aplicará reclusión o prisión de CUATRO (4) a DIEZ (10) años cuando en el abigeato concurriere alguna de las siguientes circunstancias: (…) Participare en el hecho una persona que se dedique a la crianza, cuidado, faena, elaboración, comercialización o transporte de ganado o de productos o subproductos de origen animal”. 

¿Qué riesgos corre la población?

Al no contar con certificación ni control bromatológico ni ser manipulada de acuerdo a la normativa correspondiente, la carne que proviene de la faena clandestina y el abigeato tiene altas probabilidades de estar contaminada, generando serios problemas de salud. 

Las consecuencias de comer carne dónde la proliferación bacteriana está presente da origen a infecciones gastrointestinales que pueden tardar días en aparecer e ir de leves a muy graves; y que requieran solo de cuidados básicos, como hidratación y control de la fiebre, diarrea y vómitos, hasta la hospitalización para administrar antibióticos de forma intravenosa.

En el caso de presencia de toxinas, la aparición de los síntomas es muy rápida, cuestión de horas, y suele cursar con un pronunciado dolor abdominal acompañado de vómitos. Es preciso acudir a urgencias para que la identifiquen y procedan a inocular la antitoxina correspondiente o al iniciar el tratamiento necesario lo antes posible.

Recordá que en caso de presenciar una situación de abigeato o faena clandestina, podes denunciar el hecho al servicio de emergencia 911, al PRIAR de tu zona o bien acercarte a la comisaría más cercana.

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